Corte Suprema advierte a la Fiscalía que expresidente Funes se juramentó en Parlacen pese a prohibición

Magistrado Rodolfo González dijo que la Fiscalía podría determinar si agrega el delito de desacato al exmandatario. 

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Juramentación del expresidente Mauricio Funes como diputado del Parlacen.

/ Foto Por Archivo

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2017-02-20 9:35:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) allanó el camino para que la Fiscalía General de la República investigue  si  Mauricio Funes cometió un delito al juramentarse como diputado al Parlamento Centroamericano (Parlacen) pese a una prohibición del máximo tribunal.

Así lo explicó ayer el magistrado Rodolfo González, quien dijo que la Sala ha enviado a la Fiscalía General de la República una resolución donde informa que a Funes se le impidió asumir el cargo por medio de una notificación girada a la presidenta de ese parlamento, Paula Rodríguez.

“Y se advierte que no (se le notificó) a él, sino a la presidenta del parlamento se le puso en conocimiento que estaba impedido de juramentarlo”, explicó González.


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Sin embargo, agregó, que Funes “tuvo conocimiento porque hubo una consulta a la Corte Centroamericana. Ahí no sabemos si la Fiscalía podría agregar otro delito más”, resumió ayer el magistrado en una entrevista en el Canal 33.

Pese a la orden de la Sala, Funes viajó el 24 de junio de 2014 a Guatemala, donde se encuentra la sede del Parlacen, para ser juramentado como diputado. Sin embargo,  renunció al cargo el 20 de agosto de ese mismo año. 

El exmandatario alegó en su momento que no buscaba con ello inmunidad como diputado al Parlacen. Actualmente Funes es enjuiciado por presunto enriquecimiento ilícito.


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La Fiscalía solicitó el 23 de julio de 2014 a la Sala de lo Constitucional que le informara de la medida que había tomado sobre Funes (impedimento  para asumir como diputado) y de la resolución emitida en el proceso de inconstitucionalidad (52-2014) contra Funes Cartagena.  

La Fiscalía pidió lo anterior para agregarlo a las diligencias de investigación sobre el caso  y que remitieran la información. 

Luego, el 29 de septiembre de 2014, la Fiscalía vuelve a enviar otro escrito a la Sala de lo Constitucional en el que insiste en la petición de que le extienda una certificación de la medida contra Funes y de la resolución, en caso contrario le pedía rendir un informe.

La demanda

El 29 de mayo de 2014, la Sala de lo Constitucional frenó la incorporación de Funes como diputado al Parlacen, al terminar su mandato el 1 de junio.

El Tribunal Constitucional admitió una demanda que fue presentada el 22 de mayo por cinco ciudadanas, quienes pidieron que se declarara inconstitucional un artículo del Tratado del Parlamento Centroamericano y otro del Reglamento Interno del Parlamento Centroamericano que, supuestamente, avalaban el cargo que pretendía ocupar el exmandatario.

“Suspéndense provisionalmente, a partir de esta fecha, los efectos del artículo 2, incisos 2° y 3° del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas y el artículo 2 del Reglamento Interno del Parlamento Centroamericano, en el sentido de que el Presidente, Vicepresidente y los designados a la Presidencia deberán abstenerse de ser juramentados y asumir los cargos como diputados centroamericanos y, por tanto, de integrar el Parlamento”.

Los magistrados también ordenaron al Parlacen y al Tribunal Supremo Electoral (TSE) “abstenerse de extender credenciales, recibir la protesta de ley y dar posesión al Presidente, Vicepresidente y Designados a la Presidencia de la República de El Salvador, cuyo mandato concluye el 1 de junio como diputados al Parlamento Centroamericano”.

“Esta Sala considera que las demandantes han logrado entablar un contraste constitucional… sus argumentos con base en la interpretación de las disposiciones propuestas como parámetro de control, se estima que se encuentra ante la probable existencia de una vulneración a la Constitución”, resolvió el Tribunal Constitucional.

Las demandantes alegaron que los artículos impugnados violan el 72 y 80 de la Constitución, los cuales tratan sobre los derechos políticos de los ciudadanos de votar y optar a cargos públicos y que los diputados del Parlamento Centroamericano son funcionarios de elección popular.

Indicaron que si a Funes se le permitía ingresar al Parlacen, “existe una clara apariencia de vulneración del sufragio activo y pasivo, así como un daño directo a la democracia.

En esa oportunidad Funes rechazó que buscara inmunidad como decían sus detractores, pues argumentó que los mandatos del Parlacen duran cinco años, mientras los delitos de que se puede acusar a un expresidente prescriben en 10 años. Eso lo dijo en respuesta a que en la demanda las peticionarias alegaron que “si dicho funcionario ingresa al Parlacen gozará de inmunidades y privilegios”.

Los magistrados advirtieron que si Funes no obedecía el fallo del máximo tribunal de justicia podría ser constitutivo de delito. 
“Y siendo que fue del conocimiento público la desobediencia a la resolución judicial por parte del expresidente Funes Cartagena, corresponde a la Fiscalía General de la República realizar las investigaciones al respecto, y promover la acción correspondiente”, resolvió la Sala.

La sentencia

El 9 de julio de 2014, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional la incorporación automática de expresidentes o exvicepresidentes de la República al Parlacen. La Sala resolvió que la juramentación del expresidente Mauricio Funes como diputado al Parlamento no tiene efectos en el país.

La Sala declaró inconstitucionales tres incisos del artículo 2 del Tratado Constitutivo del Parlacen, que permitían a los presidentes o vicepresidentes arribar automáticamente al Parlamento al concluir sus mandatos, ya que, según el fallo, dichas disposiciones atentaban contra los artículos 78 y 80 de la Constitución de la República, pues “se pretende privar a los ciudadanos salvadoreños de la capacidad de decisión sobre quiénes serán sus representantes en un organismo supranacional”.