Diáspora deberá demostrar arraigo en municipios para votar por alcaldes

La Asamblea aprobó que los salvadoreños en el exterior presenten una declaración jurada y certificada que demuestre que tienen propiedades, negocios o que pagan impuestos. Nayib Bukele informó anoche que vetará el decreto.

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Magistrados del TSE expusieron ayer sus inquietudes sobre el voto en el exterior. A la izquierda, el magistrado Julio Olivo.

Por Eugenia Velásquez

2020-02-07 6:00:20

Para que los salvadoreños que viven en el extranjero puedan votar por alcaldes en las elecciones de 2021, la Asamblea Legislativa aprobó ayer, por 70 votos de todos los partidos, una reforma para que presenten una declaración jurada y certificada por notario en los consulados para demostrar que tienen arraigo al municipio en donde eligen que su voto sea asignado.

El diputado no partidario, Leonardo Bonilla; Milena Mayorga y Felissa Cristales, de ARENA, se abstuvieron de votar.

El presidente Nayib Bukele dijo anoche en conferencia de prensa que los diputados buscan poner trabas a los compatriotas para que no voten por lo que vetará el decreto y agregó que pedirá convocar a una plenaria extraordinaria para este domingo para resolver el caso y sobre el préstamo de $109 millones para seguridad.

Son cuatro requisitos los que la Asamblea estableció que debe hacer constar el ciudadano en su declaración jurada: que demuestre que tiene familiares que dependen económicamente del ciudadano; que posee bienes inmuebles en el municipio adonde decide que vaya su voto; que paga impuestos en esa localidad; o que tiene negocios dentro de la ciudad en la que incidirá con su voto para elegir al alcalde.

Mario Tenorio, de GANA, explicó que con uno de esos requisitos que demuestre a través de la declaración jurada, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), podrá empadronar al ciudadano para que vote en las elecciones de 2021 para elegir a los jefes municipales.

“Un requisito de éstos tiene que comprobarse aunque irán incorporados los cuatro en la declaración jurada, pero está sujeto a comprobar uno de ellos”, expresó Tenorio.

En el decreto aprobado ayer de reformas a la Ley del Voto en el Exterior, el ciudadano interesado en votar por concejos municipales, al momento de llenar el formulario en el consulado para empadronarse o vía correo electrónico, “podrá indicar que desea votar por una circunscripción municipal diferente a la consignada en su DUI acreditando en declaración jurada ante notario a qué municipio desea consignar su voto” para lo cual deberá demostrar que cumple con alguno de los siguientes requisitos.

“Que su padre, madre, cónyuge o hijos menores de edad residen en el municipio y son dependientes del votante anexando copia de los documentos únicos de identidad de los primeros tres, o copia de las partidas de nacimientos de sus hijos”.

Además, que demuestre que “posee bienes inmuebles en ese municipio, anexando certificación extractada del Centro Nacional de Registros o solvencia de pago de impuestos y tasas municipales del bien inmueble registrado a su nombre”.

Se plantea en la reforma que el compatriota también debe garantizar “que posee negocios en ese municipio, anexando certificación del registro de comercio o de la municipalidad, en donde se haga constar su posesión o participación en el negocio referido”.

Tenorio argumentó que fue la Sala de lo Constitucional en su sentencia de 2016 para que legislaran el voto para alcaldes y diputados en el exterior, la que les ordenó que el ciudadano debe demostrar el arraigo para votar por alcaldes.

“Esto en virtud de la sentencia de la Sala de lo Constitucional, que manifestaba que para efectos de que los salvadoreños puedan votar por concejos deberían demostrar el arraigo, así que se han considerado algunos requisitos que deberán ir en la declaración jurada, pero solo se comprobará uno de ellos”, acotó.

Advirtió que si el ciudadano miente en la información de su declaración jurada cometerá el delito de “fraude electoral”, el cual está tipificado y sancionado en el Código Penal con cárcel.

En cambio, para votar por diputados de la Asamblea Legislativa y del Parlamento Centroamericano (Parlacen) sólo será necesario presentar su partida de nacimiento para empadronarse en el consulado.

El acuerdo resultó después de que los legisladores escucharon ayer por la mañana a los magistrados del TSE, al director ejecutivo de la Corporación de Municipalidades de la República de El Salvador (COMURES), Roberto Pinto; y al ministro de Hacienda, Nelson Fuentes.

El voto para el exterior seguirá siendo por correo postal, como se ha venido realizando desde 2014 para elecciones presidenciales.

Los diputados no consideraron la propuesta del presidente Nayib Bukele, de hacerlo electrónico, debido al elevado costo que tendría, la falta de “secretividad” del voto y por el escaso tiempo que hay para hacer reformas electorales, argumentaron los legisladores.

Anteriormente, el magistrado del TSE, Julio Olivo, informó que implementar el voto electrónico en el exterior para alcaldes y diputados podría rondar en $100 millones.

Los magistrados del TSE apuraron a los diputados a legislar, ya que el plan general de elecciones está en marcha y el límite para hacer reformas vence este 28 de febrero.

Los diputados recordaron también a la Sala de lo Constitucional que tiene pendiente resolver sobre la controversia entre el Ejecutivo y el Legislativo por el voto por rostro para alcaldes.