Corte pide nulidad de resolución a Procuraduría de Derechos Humanos

La Corte Suprema le pidió a la Procuraduría reconsiderar la resolución que favorece a dos magistrados de Cámara.

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Foto de referencia / Procurador de Derechos Humanos, José Apolonio Tobar. Foto EDH / Archivo

Por David Marroquín

2020-12-04 4:00:07

La Corte Suprema de Justicia presentó un recurso de reconsideración ante la Procuraduría de los Derechos Humanos para que anule la resolución en la que declara que el presidente del Órgano Judicial, Óscar Armando Pineda Navas y el actual gerente general de Asuntos Jurídicos de la CSJ, Félix Gómez Arévalo; les habrían violado derechos a dos magistrados de Cámara.

“Es importante destacar que el procedimiento disciplinario en el que la PDDH señala se han cometido violaciones a derechos humanos aun se encuentra en trámite y en el que no se ha emitido ninguna resolución que afecte los derechos de los investigados (magistrados)”, señala la CSJ.

Recalca también que “no es cierto que este tipo de procedimientos administrativos implique una invasión a la independencia en la función judicial, ya que las decisiones emitidas por los funcionarios judiciales en la labor no pueden ser modificadas sino a través de los mecanismos legalmente instituidos”.

Señala la CSJ que la Presidencia, Dirección de Investigación Judicial y la Corte en Pleno tienen la potestad de autorizar los procesos disciplinarios según la Constitución.

“Bajo la forma particular de querer reinterpretar un criterio sobre la atribución disciplinaria de la cual no tiene competencia alguna, pretende imponer a la Corte en Pleno que no se continúe violentando la independencia judicial, esto más bien parece una proclama sustentada en criterios subjetivos y no en las atribuciones legales”, señala la CSJ.

Además cuestiona a la PDDH de haber resuelto el proceso de los dos magistrados en 26 meses, cuando la ley da 90 días.

“ Lo cual resulta irrazonable porque la institución que analiza violaciones a derechos humanos por incumplimientos al debido proceso ha cometido claramente una violación al incumplir los plazos dispuestos en las Disposiciones Transitorias del Procedimiento Administrativo y del Régimen de la Administración Pública, aplicables al caso en estudio”, señala la Corte.

Los denunciados esperan que la Procuraduría actué con imparcialidad y sus procedimientos “deben estar motivados por la búsqueda de la verdad material”.

Esperan que la PDDH actúe de manera justa y no como querellantes del denunciante.

Señala que no se investiga la independencia judicial o las interpretaciones jurídicas, sino las competencias otorgadas por la Ley de la Carrera Judicial. Considera que archivar la investigación contra los dos magistrados se está enviando un mensaje de impunidad.

“Hacer efectiva dicha resolución (cerrar el expediente disciplinario) sí habría una flagrante violación de derechos, constituyendo un muy mal precedente para los procesos de depuración judicial, ya que bloquea la investigación respectiva en donde se rige la presunción de inocencia, la cual solo puede verse socavada cuando la investigación lo determine”, señala la CSJ.

Agrega que “es una clara violación a la independencia disciplinaria de esta Presidencia ya que pretende emitir una orden encubierta de recomendación, en la que se pide se cierre un expediente disciplinario”.