Instituto Acceso a la Información abre proceso contra la Corte Suprema

Presidente del IAIP dijo que el miércoles recibieron notificación de la Corte del por qué negaron acceso a informes de Probidad y se amparan en la Sala de lo Constitucional.

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Foto EDH/ Archivo

Por Wiliam A. Hernández @walexhernan

2019-08-30 9:00:40

Aunque no se quiera ver como un enfrentamiento institucional, realmente lo es, el Instituto de Acceso a la Información abrió un proceso de investigación que podría terminar en una sanción contra los magistrados de Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia por negar el acceso público de informes de patrimonio de funcionarios en la Sección de Probidad.

El comisionado presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública, René Cárcamo, afirmó que el miércoles recibieron la notificación de la Corte Plena donde los magistrados están negando información referente a las versiones públicas de los informes elaborados por la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícitos de funcionarios que han sido de conocimiento de la Corte Suprema de Justicia.

Declaraciones sobre proceso de investigación contra la CSJ

En la notificación los magistrados pidieron la intervención de la Sala de lo Constitucional para frenar las intenciones del Instituto de obtener la información que había ordenado al oficial de Información del Órgano Judicial.

“La Corte Plena decidió llevarlo a la Sala de lo Constitucional, como Instituto hemos emitido una resolución que también se le ha pedido un informe del acta donde se tomó la decisión la cual ya la recibimos el día miércoles y entramos al proceso de análisis de lo que se va a decidir”, explicó el comisionado Cárcamo, eso podría implicar una sanción económica contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

“Acá lo importante es, más allá de que se pueda visualizar un conflicto, lo más importante es que se deja precisamente al ciudadano limitado su derecho de acceso, entonces lo más importante para las instituciones del Estado es el compromiso que tienen con la ciudadanía y no limitarle su derecho de acceso a la información”, explicó Cárcamo.

El funcionario afirmó que dentro de la ley de Acceso a la Información Pública y su catálogo de infracciones al no cumplimiento de una resolución del Instituto ya se encuentran las causales para una sanción, y el negar información que ha ordenado el Instituto de Acceso a la Información a una institución es una de ellas.

Las infracciones muy graves de acuerdo a la Ley de Acceso a la Información, artículo 76 literal c, “ No proporcionar la información cuya entrega haya sido ordenada por el Instituto”.

Lo que argumenta la Corte

En la resolución de la Corte Plena, los magistrados argumentan que los informes de Probidad son reservados por resolución que la misma Corte Plena había aprobado el 20 de junio de 2017. “La Corte tiene facultad de tomar las providencias que estime necesarias para comprobar la veracidad de la declaración, la que mantendrá en reserva” mencionan los magistrados en la resolución que hace referencia al artículo 240 de la Constitución de la República.

Argumentan además que se debe garantizar la presunción de inocencia de los funcionarios que son investigados de supuesto enriquecimiento ilícito, en el cual deben garantizarse los derechos de audiencia y defensa.

Aducen que la evaluación que hace Probidad y luego Corte Plena debe pasar a un tribunal para verificarse los hechos, por tanto, “la persona que sobre la que pesa la presunción de enriquecimiento ilícito deben considerarse inocentes hasta que no se le haya adjudicado la responsabilidad”, señala el documento.