Delito de desaparición de personas tendrá pena de hasta 20 años de cárcel

La normativa se discutió con personal de la Fiscalía, jueces, Procuraduría y otras entidades.

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Según datos que maneja la Asamblea, en el país desaparecen a diario un promedio de 10 personas. Foto Twitter @FGR_SV

Por Magdalena Reyes nacional@eldiariodehoy.com

2019-11-01 4:35:34

Entre enero y septiembre de 2019 se han dado más de 2,200 denuncias por desaparición de personas, lo que provocó el inicio de discusión y análisis de reforma del Código Penal.

En la normativa actual no existe una pena para ese delito, se agregará el artículo 148 A “Desaparición de Personas” con la que se pretende dotar de las herramientas a la legislación para tipificar este delito y penalizar con prisión de diez a veinte años la desaparición de personas.

El artículo detalla que quien “de cualquier forma privare a otro de su libertad cuando esta acción fuera seguida de la desaparición u ocultamiento del paradero o localización de la víctima, será sancionado con pena de diez a veinte años de prisión”.

“Este decreto se da en un momento en que las desapariciones forzadas son endémicas en nuestro país, miles personas viven la incertidumbre de no saber dónde está un ser querido”, manifestó el diputado del partido ARENA, Rodrigo Ávila.

Destacó que El Salvador está en la lista de los diez países con mayor número de desapariciones forzadas.

El diputado Javier Valdés, del partido FMLN, mencionó que la reforma es un elemento más para trabajar en contra la inseguridad en el país.

La reforma fue ampliamente debatida con personal de la Sala de lo Penal, la Fiscalía General de la República y la Procuraduría General de la República, así como jueces y abogados, quienes abonaron con datos el debate.