Cámara declara ilegal el pago extra de $2.5 millones de ANDA a empresa Tecnia

Autónoma fue condenada a pagarle $4.9 millones a la referida sociedad y a su propietaria por daños materiales y morales por terminar unilateralmente dos contratos de suministros.

descripción de la imagen
Los contratos que ANDA clausuró consistían en instalación de equipo electromecánico en estaciones de bombeo San Lorenzo y San Ramón.

Por David Marroquín

2020-11-28 9:00:26

La Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador declaró ilegal el pago de $2.5 millones que la empresa Técnica Industrial Agropecuaria (TECNIA) le reclamaba a la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA) como parte del litigio con la autónoma porque esta última finalizó de manera unilateral dos contratos de suministros. Sin embargo, esa cifra es superior al monto por el que ANDA fue condenada por el juzgado Cuarto de lo Civil de San Salvador a pagarle a la referida sociedad.

“Esta Cámara puede concluir con certeza que el acuerdo cinco del acta número treinta y uno, emitido por la Junta de Gobierno de ANDA, tomado en sesión ordinaria celebrada el día trece de julio de 2017, está fundado en infracciones al ordenamiento jurídico”, señala el fallo de la Cámara.

El acuerdo cinco al que se refiere la resolución permitió que la Junta de Gobierno de ANDA, en la administración de Marco Antonio Fortín Huezo, autorizara un acuerdo extrajudicial con TECNIA y con su propietaria, Lygia de Pozas, para que la autónoma les pagara $7,471,339.40, es decir, $2,556,059.92 más del monto ordenado por el juzgado Cuarto de lo Civil y luego ratificado por la Cámara Segunda de lo Civil.

ADEMÁS Pago millonario a Tecnia fue avalado por la junta de gobierno de ANDA

ANDA fue condenada a pagar $4, 686,708.65 a la referida sociedad por daños y perjuicios. Otros $228,571,43 por daños morales a la señora De Pozas. La sentencia fue emitida el 3 de octubre de 2011 por el Juzgado Cuarto de lo Civil.

“En cuanto a la parte declarada lesiva por parte demandante, es decir, el pago por la suma de $2,556,059.92, repercutiendo todo ello desfavorablemente en los intereses económicos y de otro orden de la citada administración , lesionando consecuentemente el interés público, razón por la cual el acuerdo es ilegal por ser lesivo al interés público”, señala el fallo judicial.

Además la Cámara declaró que “no existe una vulneración al derecho de propiedad de los particulares favorecidos, respecto a la suma de dinero que fue determinada legalmente por el Juzgado Cuarto de lo Civil de San Salvador y confirmado por la Cámara Segundo de lo Civil de San Salvador , del cual tienen derecho, y que no va en contravención a las leyes y a la Constitución”.

Los apoderados de la empresa y de la señora De Pozas denunciaron una serie de supuestas transgresiones constitucionales en el referido proceso, pero según los magistrados de la Cámara, ellos no han demostrado de manera concreta cómo la Junta de Gobierno incurrió en dichas transgresiones.

En su fallo, los magistrados aseguran que la autónoma ya les había pagado $4,856,370.62 del monto ordenado por el juzgado, antes de que ANDA presentara la demanda en febrero de 2019 y que es conocida como proceso de lesividad promovida por la Junta de Gobierno de esa institución.

Hasta antes de conocerse la resolución de la Cámara, ANDA tenía pendiente de pagar $58,909.46, pero que, según los magistrados, “los particulares favorecidos son los que se han negado a recibir esa cantidad de dinero para completar el monto de la condena que legalmente fue determinada”.

A juicio de la Cámara, los integrantes de la Junta de Gobierno de ANDA, en la gestión de Fortin Huezo, violaron los artículos 77 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado (LOAFE), 215 del reglamento de la LOAFE y el 2,201 del Código Civil, al haber autorizado la “transacción extrajudicial”.

Con esa autorización Fortín Huezo tramitó en nombre de la autónoma la escritura pública de ese acuerdo y por haber autorizado a la unidad financiera institucional que erogara los más de siete millones de dólares.

Señala el fallo que el pago de los más de $2.5 millones que pretendía hacer ANDA a la sociedad TECNIA y a la señora De Pozas, cantidad que no fue determinada por la sentencia judicial, repercute desfavorablemente en los intereses económicos de la institución.

Señalan los magistrados que como no se erogó los $2.5 millones que se declararon lesivos, ratifican que solo se debe de pagar lo que resta de los $4.9 millones que ordenó el Juzgado Cuarto de lo Civil.

Litigio que inició por suspensión de dos contratos de suministros

Este conflicto legal entre la autónoma con la empresa TECNIA comenzó desde que la sociedad demandara a ANDA en el Juzgado Cuarto de lo Civil por la terminación unilateral de dos contratos de suministros. El juicio terminó el 13 de mayo de 2000 con la sentencia condenatoria contra el entonces presidente de ANDA, Carlos Augusto Perla Parada, como responsable directo de la afectación a la empresa y también la autónoma en su calidad de subsidiaria.

Perla Parada cumplió una condena de 15 años de prisión por actos de corrupción en ANDA.

La referida Cámara resolvió que Perla tenía que pagar $4, 686,708.65 por daños materiales a la empresa y $228,571.43 a la señora De Pozas por daños morales.

Las autoridades de ANDA apelaron la sentencia, pero esta fue confirmada por la Cámara Segunda de lo Civil de San Salvador.

En agosto de 2014, los apoderados de la sociedad TECNIA iniciaron los trámites de cumplimiento de la sentencia en el Juzgado Primero de lo Civil de San Salvador.

Como Perla Parada no tenía capacidad económica para cumplir con la sentencia emitida por el Cuarto de lo Civil por carecer de bienes, entonces, los apoderados de la referida sociedad pidieron al Juzgado Primero de lo Civil que librara las órdenes de pago en las partidas presupuestarias de ANDA hasta por $19,137,128.54, una cifra cuatro veces mayor que el monto de la sentencia condenatoria.

La unidad jurídica de ANDA declaró que esa cantidad de dinero, los $19.1 millones era improcedente y justificó que solo se le tenía que pagar los $4.9 millones a TECNIA y a la señora De Pozas, que era la cifra emitida en la sentencia condenatoria.

Al llegar Marco Antonio Fortín Huezo a la presidencia de ANDA con el gobierno del FMLN, este solicitó a la Junta de Gobierno que se negociara un arreglo llamado “transacción extrajudicial” con la sociedad y con la señora De Pozas para que se les pagara $7,471,339.40, es decir, $2,556,059.92 más que el monto ordenado por el Juzgado Cuarto de lo Civil y ratificado por la Cámara Segunda de lo Civil.

Los pagos acordados en la transacción extrajudicial se desglosaban de la siguiente manera: ANDA tenía que pagar $4,686,708.05 a TECNIA por daños materiales y $228,571,43 a la señora De Pozas por daños morales.

También tenía que cancelar $295,031,09 por costas procesales y $2,261,028.83 por interés moratorio del 23 de julio de 2013 al 23 de mayo de 2017.

Gestión de Rivas promueve demanda contra el arreglo

En febrero de 2019, la Junta de Gobierno de ANDA, presidida en ese entonces por Felipe Rivas, interpuso una demanda para que declarara ilegal ese pago.

En la demanda se argumentó que “los únicos montos que tenían que haber pagado son por los daños materiales y morales por ser las cantidades líquidas contenidas en el fallo”.

Agregaron que en el caso de las costas procesales, estas no se habían establecido por el juzgado de acuerdo al artículo 512 del Código de Procedimientos Civiles y a lo dispuesto al Arancel Judicial.

Alegaron también que las costas procesales no pueden ser definidas de “manera extrajudicial” , ya que la misma ley ha previsto un procedimiento legal para establecer el monto.

Para convencer a los miembros de la Junta de Gobierno a autorizar la transacción extrajudicial para el pago de los $7.5 millones a la empresa TECNIA, Fortín Huezo les aseguró que el Juzgado Primero de lo Civil de San Salvador había ordenado el pago de $19, 137,128.54, según la resolución.

Posteriormente, los apoderados de la empresa argumentaron que se había llegado a un acuerdo con ANDA de que de los $19.1 millones que supuestamente les tenían que cancelar, solo les iban a pagar $7,471,339.41. Es decir que ANDA tuvo un beneficio del 61 por ciento, según los abogados de la sociedad.

“Situación que no es apegada a la realidad , existiendo falsedad en los hechos, pues se describen supuestos que nunca existieron, lo que indujo a la formación errónea de voluntad de parte del ente colegiado al emitir el acto impugnado, ya que dicho monto nunca fue considerado en la resolución judicial,” según los denunciantes.