El Salvador permitirá quemas agrícolas controladas por dos años, ¿cuáles son las condiciones?
Una reforma publicada en el Diario Oficial establece una excepción temporal para las quemas agrícolas controladas, bajo condiciones técnicas y medidas de seguridad.
El Salvador permitirá realizar quemas agrícolas controladas durante dos años, según una reforma del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), publicada en el Diario Oficial del 1 de octubre de 2026.
La disposición modifica la prohibición nacional establecida en abril y permite determinadas prácticas bajo estrictas condiciones de prevención, control y supervisión.
El cambio está contenido en el Decreto Ejecutivo No. 3, publicado en las páginas 4 y 5 del Diario Oficial, número 182, tomo 453. La normativa incorpora una excepción transitoria para la quema controlada de vegetación, rastrojos o residuos de origen agrícola.
Esto no significa que se haya eliminado la prohibición general de quemas agrícolas. La reforma establece un período de adaptación durante el cual estas actividades podrán realizarse únicamente bajo los requisitos previstos en la disposición y las condiciones técnicas que establezca el MARN.
La medida entró en vigor el mismo día de su publicación, el 1 de octubre de 2026, y tendrá una duración de dos años.

¿Qué quemas agrícolas estarán permitidas?
La reforma incorpora el artículo 6-A al decreto que prohibía las quemas agrícolas en cultivos a nivel nacional, ante la amenaza de incendios forestales.
El nuevo artículo establece una excepción específica:
“Que, por el plazo perentorio de dos años, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Disposición, se exceptúa de la prohibición establecida en el presente Decreto la quema controlada de vegetación, rastrojos o residuos de origen agrícola, siempre que esta se realice bajo estricta planificación técnica y cuente, sin excepción, con la implementación de medidas de prevención, control y supervisión”.
Por tanto, la disposición se refiere a quemas controladas de materiales de origen agrícola. No autoriza de manera general cualquier incendio provocado en terrenos de cultivo ni elimina las medidas destinadas a evitar su propagación.
El decreto tampoco detalla un procedimiento específico para solicitar autorizaciones. En cambio, establece que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá emitir los instrumentos administrativos necesarios para aplicar la excepción.
Entre estos documentos podrán incluirse acuerdos, instructivos, circulares y resoluciones que definan las condiciones técnicas y las medidas de seguridad para las quemas autorizadas.
¿Por qué se había prohibido la quema agrícola en abril?
La reforma llega después de que el MARN anunciara, el 15 de abril de 2026, una prohibición de quemas agrícolas en todo El Salvador.
En aquel momento, la medida se adoptó en un contexto de altas temperaturas y riesgo de incendios.
Según una publicación de elsalvador.com de esa fecha, el país atravesaba una ola de calor iniciada a comienzos de abril, con temperaturas que podían superar los 40 °C, especialmente en el oriente, la franja costera y algunos valles interiores.
El reporte también señalaba que la combinación de calor, vientos y vegetación seca favorecía la propagación del fuego.
El viceministro de Agricultura, Óscar Domínguez, respaldó entonces la aplicación inmediata de la prohibición, que no contemplaba excepciones ante las condiciones de riesgo descritas.
La publicación citó además datos del Cuerpo de Bomberos que reflejaban un incremento de incendios durante 2026 en comparación con el año anterior.

Entre enero y marzo, las autoridades habían atendido más de 2,600 incendios, según la información divulgada en ese contexto.
El aumento se observaba especialmente en los incendios de maleza seca, mientras que también se reportaban emergencias forestales, estructurales, en basureros y vehículos.
Estos antecedentes permiten entender el origen de la restricción que ahora ha sido modificada parcialmente.
¿Por qué se establece una excepción de dos años?
El Decreto Ejecutivo No. 3 explica que la excepción busca establecer un período de adecuación para quienes realizan quemas controladas de vegetación, rastrojos o residuos agrícolas.
En su considerando IV, el documento señala que resulta necesario permitir que estas personas se adapten “de manera gradual y ordenada” a las disposiciones de la normativa.
La finalidad, según el mismo texto, es facilitar la adopción progresiva de medidas, procedimientos y buenas prácticas para prevenir, controlar y combatir los incendios forestales.
La reforma mantiene como referencia la protección de los recursos naturales y la prevención de daños a ecosistemas forestales, acuáticos, vegetación cercana, otros cultivos y asentamientos humanos.
También contempla la protección de las Áreas Naturales Protegidas frente a la propagación de incendios.
De esta manera, el período de dos años funciona como una excepción temporal dentro de una normativa que conserva su propósito preventivo.
¿Qué deben tomar en cuenta los agricultores?
Para quienes realizan actividades agrícolas, el aspecto principal de la reforma es que las quemas controladas quedan sujetas a planificación técnica y a medidas de prevención, control y supervisión.
La publicación del decreto no equivale a una autorización automática para encender fuego en terrenos agrícolas.
Además, será necesario atender los instrumentos que emita el MARN para conocer las condiciones técnicas y de seguridad aplicables a las quemas autorizadas.
El texto publicado el 1 de octubre no establece formularios, plazos de solicitud ni un procedimiento detallado para obtener permisos. Tampoco incorpora en esta reforma montos específicos de multas.
Otro punto importante es su duración: el artículo 6-A establece que la disposición perderá vigencia una vez transcurridos los dos años previstos, sin perjuicio de las disposiciones legales que correspondan.
Así, la excepción estará vigente durante el período de dos años contado desde el 1 de octubre de 2026, mientras se mantengan las condiciones establecidas por la normativa.
Para los agricultores, la recomendación práctica es consultar las disposiciones oficiales del MARN antes de realizar cualquier quema, ya que la excepción está condicionada al cumplimiento de requisitos técnicos y de seguridad.
