Militares salvadoreños, 23 años de posguerra y la Ley de Amnistía

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elsalvador.com

Por Carlos E. Mena Guerra

2015-06-20 5:00:00

Es moralmente obligatorio para la nación salvadoreña hacer un análisis de la situación jurídica de los militares que, en cumplimiento de la Constitución de la República, participaron en la campaña militar 1980 – 1992; esfuerzo antinsurgente, conducido por el Estado salvadoreño, para neutralizar la agresión desarrollada por el FMLN, que pretendía alcanzar el poder político por la vía armada.

Hay al menos dos temas sumamente sensibles y necesarios de comentar, para entender responsablemente las razones que impulsaron a las partes en conflicto, a decretar, hace veintitrés años, el instrumento jurídico garante de una paz firme e irreversible: 1. La Ley de Amnistía y 2. La Declaración Franco/Mexicana. 

1. “Ley de amnistía general para la consolidación de la paz”: es de importancia vital recordar que esta ley fue dada en circunstancias complicadas, en medio de la incertidumbre por la probable conducta de los adversarios, después de poner fin a una cruel guerra que desangró al país durante más de 12 años y que, en el desarrollo de un nuevo proceso democrático, el FMLN podía ya incorporarse a la legalidad, con plenos derechos políticos, y la Fuerza Armada asumiría responsablemente las reformas constitucionales en el campo militar. Esta ley, decretada el 20 de marzo de 1993, contribuiría, además, a lograr la reunificación de la sociedad salvadoreña.

La ley establece que se concede amplia amnistía, absoluta e incondicional, a favor de todas las personas que en cualquier forma hayan participado en la comisión de delitos políticos o comunes conexos con estos, con motivo o en razón del conflicto armado; …La gracia de la amnistía se extiende a las personas en referencia del artículo 6 de la Ley de Reconciliación Nacional, del 23 de enero de 1992.

El propósito de tales legislaciones fue garantizar a todos los habitantes de la República (militares e insurgentes) el desarrollo pleno de sus actividades, en un ambiente de armonía, legalidad y confianza para todos los sectores sociales; en “complemento” al exitoso proceso de negociación de la paz, abriendo puertas para una nueva convivencia social fundada en el mutuo respeto y en el reconocimiento de los deberes y derechos de los contendientes.

¿Pero qué está ocurriendo 23 años después? Los movimientos desestabilizadores y agitadores políticos internacionales, que se lucran con estos procesos, tienen como permanente propósito, la persecución ilegal de los líderes militares que combatieron en defensa de la institucionalidad del Estado, de la Constitución de la República y de las leyes; cumpliendo así el objetivo político de evitar el arribo de los comunistas al poder bajo lineamientos extranjeros. Como hecho, de esta persecución, el titular del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana, José Simeón Cañas (IDHUCA), Benjamín Cuéllar, y la directora ejecutiva de FESPAD, María Silvia Guillén, presentaron una demanda de derogatoria de la Ley de amnistía general para la consolidación de la paz; la cual, la mayoría de ciudadanos y soldados que en aquel tiempo cumplieron su misión constitucional esperan sea desestimada por la honorable Sala de lo Constitucional. 

El Estado salvadoreño, la Fuerza Armada y sus líderes políticos actuaron de buena fe al firmar el Acuerdo de Paz, sabedores de que, para hacer realidad una nueva convivencia social, sería necesario impulsar un proceso de reconciliación nacional. 

Es deseable que la Honorable Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, tome en consideración el espíritu reconciliador de estas leyes, antes de prestar atención a los tecnicismos a que hacen referencia los demandantes. Es imperioso confirmar ante la nación que los militares, a quienes se les responsabiliza de muchos errores, solamente cumplieron la misión de defender la democracia y las instituciones del Estado, aun a costa de sus propias vidas y al sacrificio de sus familias que les han sobrevivido. 

La Corte Suprema de Justicia, la Asamblea Legislativa, el Órgano Ejecutivo y todo el pueblo salvadoreño debemos persuadirnos que no conviene al país derogar la Ley de Amnistía, sobre todo después de 23 años de firmados los Acuerdos de Paz. En términos reales y prácticos, nadie ganaría con ello, salvo los mismos agitadores políticos internacionales y sus aliados locales que, de manera equivocada, atentan contra la paz social y los intereses de la Nación. 

2. La Declaración Franco/Mexicana, del 28 de agosto de 1981. Por medio de esta declaración, los gobiernos de Francia y México “reconocieron que la alianza del FMLN y FDR constituían una fuerza política representativa, dispuesta a asumir obligaciones y derechos que de esa condición se derivan“. Este apoyo político internacional se tradujo en reconocimiento como fuerza beligerante, sujeta también al cumplimiento de instrumentos jurídicos de derechos humanos y del derecho internacional de los conflictos armados. 

Por las implicaciones de esta declaración es que ahora las víctimas podrían exigir que la comandancia general del FMLN, de la cual formó parte el profesor Salvador Sánchez Cerén, se responsabilice de los hechos cometidos. En consecuencia, todos los líderes del FMLN enfrentarían acusaciones por las sistemáticas ejecuciones sumarias en contra de civiles, alcaldes, jueces y funcionarios públicos, perseguidos por razones políticas o ideológicas, realizadas durante el conflicto armado, las cuales están debidamente documentadas.

¿Qué papel jugaría la Ley de Amnistía frente a este segundo tema, al ser investigado con mayor seriedad y sin sesgos ideológicos?

*Militar retirado y economista.

Colaborador de EDH.