¿Listas abiertas para las elecciones legislativas del 2015?

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La devoción de los feligreses al patrono es vivencial.

Por Por Luis Mario Rodríguez R.*

2014-08-02 6:00:00

Cuando en 2010 la Sala de lo Constitucional declaró ilegal el conocido popularmente como “voto por bandera” se fortaleció la capacidad decisoria del elector. A partir de ese mandato judicial, las agrupaciones políticas, el Tribunal Supremo Electoral y los ciudadanos debieron someterse a un nuevo mecanismo que podría complicar tanto el escrutinio de los votos como el ejercicio del sufragio. Sin embargo el TSE implementó un sistema de conteo exitoso y las encuestas postelectorales señalaron que los electores no tuvieron mayores dificultades para votar.

Durante los comicios legislativos de 2012, el soberano se enfrentó por primera vez a un tipo de papeleta en la que se mostraban los rostros de los diferentes candidatos propuestos por los partidos. De esta manera, quienes elegían tenían la facultad de trasladar al candidato situado en el último lugar de la lista hacia las primeras posiciones de tal forma que el ganador del escaño podría no ser el propuesto por la dirigencia del partido político sino el elegido por los ciudadanos. Así presenciamos el ascenso de un aspirante de ARENA del lugar 24 al número 5, y de una candidata del FMLN de la casilla 11 a la 4, desplazando cada uno de ellos a sus compañeros de partido que habían sido designados por las cúpulas partidarias.

Mantener el sistema de las listas cerradas era inaceptable. Esta forma de la candidatura centraba su atención en la ideología del partido. Esto no significa que el cambio de modelo anuló el vínculo entre el diputado y la fuerza política que lo postuló al cargo en la Asamblea Legislativa. El candidato, si es electo como legislador, responde a un ideario, que es precisamente el del partido que lo propuso. En todo caso, los electores le han apoyado con el sufragio, no para que se declare independiente y pase a engrosar las filas de los “tránsfugas”, sino para que al interior del instituto político que lo llevó a la Asamblea, influya con su liderazgo y compromiso en el cumplimiento de la oferta programática que presentaron durante la campaña.

Aunque sujeto a debate, la prohibición del mandato imperativo establecida en la Constitución de la República debería entenderse en todo caso, no como la atribución de los diputados para declararse independientes o constituir una nueva fuerza política, sino como aquella libertad, dentro del partido por el que compitió, para debatir sobre las decisiones que se adoptarán, e incluso para oponerse a la aprobación de las mismas si con ello el legislador cree que traiciona la voluntad de quienes lo eligieron. Este comportamiento no tendría que interpretarse como deslealtad al grupo parlamentario ni aparejar consecuencias dramáticas como la expulsión del diputado que votó de manera diferente al de sus compañeros de fracción.

El “desbloqueo” de las listas cerradas y bloqueadas que nos llevó del “voto por bandera” al “voto por rostro”, representó un avance importante en el sistema electoral salvadoreño. Sin embargo no influyó en la democratización interna de los partidos ni en un riguroso sistema de fiscalización del financiamiento político. La apertura de las listas no necesariamente impacta en el resto de elementos del sistema electoral. Lo podría hacer si de manera simultánea se impulsan otras modificaciones como el tamaño de las circunscripciones electorales, la obligatoriedad de las primarias para elegir candidatos y autoridades al interior de los partidos y un control efectivo del dinero en la política.

El origen de la reforma tampoco fue el más adecuado. Aunque compartimos plenamente los criterios de la Sala de lo Constitucional para transformar el sistema de listas, lo ideal habría sido que este cambio surgiera del consenso de todas las agrupaciones políticas representadas en la Asamblea. De la misma manera, es muy arriesgado que la transición hacia las listas abiertas que permitirán al elector aplicar el “voto cruzado” o “panachage” eligiendo candidatos a diputados de cualquiera de las listas presentadas por los partidos y ya no solo de una de ellas, sea también el resultado de una sentencia judicial y además se aplique aventuradamente a solo ocho meses de las próximas elecciones.

Toda reforma electoral debe tomar en cuenta el contexto. Así lo afirman los expertos que han analizado los diferentes procesos en la mayoría de países a nivel mundial. En el caso salvadoreño, la elección de 2015 apenas será el segundo ejercicio en el que utilizaremos el “voto por persona”. No hemos tenido la posibilidad de comparar dos elecciones ni de analizar el efecto de esta reforma en la gobernabilidad legislativa, en el comportamiento de los diputados, en la dificultad del escrutinio por parte del TSE y en el sistema de partidos. La gradualidad es muy recomendable y la prudencia una virtud muy necesaria para evitar un efecto contrario al que todos deseamos con las reformas electorales.

*Columnista de El Diario de Hoy.