Dan 20 días a exdirector del ISSS para comparecer ante tribunal

El exfuncionario es enjuiciado por presunto enriquecimiento ilícito. La Cámara Segunda de lo Civil le pedido al RNPN y a Migración que dé informes del paradero del imputado

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San Salvador, 17 de junio de 2011 / Foto Por Archivo

Por Mirella Cáceres

2016-02-12 4:52:00

La Cámara Segunda de lo Civil de la Primera Sección del Centro, ha dado 20 días al exdirector del Seguro Social, Leonel Flores Sosa y a su esposa Dennis Karina Hernández para que presenten pruebas de descargo en el juicio por presunto enriquecimiento ilícito que se les sigue a ambos.

El plazo para que “comparezcan a contestar la demanda” corre desde la fecha en que se les notifique, de lo contrario se les declarará rebeldes y el proceso seguirá su curso normal.

El exfuncionario y su esposa fueron acusados formalmente y por la vía penal en enero pasado ante esa cámara bajo el delito de presunto enriquecimiento ilícito, luego de que la sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia le detectara “suficientes indicios” por no justificar el origen de $600 mil en sus declaraciones patrimoniales al final de su gestión.

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De acuerdo al informe de Probidad, cuando el exdirector del ISSS ocupó su cargo, realizó depósitos que sobrepasaban los $512,016.13, mientras que  hizo retiros  por $367,182.37, cantidades que no coinciden con la suma de sus salarios y que no pudieron ser justificadas.

Flores Sosa es un amigo personal del expresidente Mauricio Funes, quien ademàs ha sido también enviado a juicio por la mayoría de magistrados de la Corte Suprema y ahora fue notificado su proceso a la misma cámara donde se ventila el caso de Flores Sosa. 

Por otro lado, el comunicado de Juzgados dicen que ni Flores Sosa ni su esposa han podido ser localizados para su notificación en las direcciones que han reportado como domicilio, y que vecinos han dicho que no los conocen.

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Por esa razón han mandado oficio al Registro Nacional de las Personas Naturales y  a la Dirección de Migración y Extranjería para que en cinco días hábiles informen sobre la dirección de ambos y de los movimientos migratorios de ambos, respectivamente.