Funde pide al TEG investigar a Mauricio Funes por recibir $639 mil

Expresidente dijo a Probidad que recibió ese dinero del movimiento “Amigos de Mauricio”

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La Cámara Segunda de lo Civil ya abrió un proceso formal contra Mauricio Funes por presunto enriquecimiento ilícito.

/ Foto Por Archivo

Por Edmee Velásquez

2016-02-25 10:00:00

La Fundación Nacional para el Desarrollo (Funde) a través del Centro de Asistencia Legal y Anti Corrupción instó al Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) a actuar de oficio e investigar al expresidente  Mauricio Funes por conflicto de interés, al reconocer este que recibió durante su mandato $639 mil del movimiento “Los Amigos de Mauricio” que lo apoyó en su campaña.

Roberto Burgos, coordinador de la ALAC, de Funde, expresó que, según la Ley de Ética Gubernamental, los funcionarios no pueden recibir más de los fondos que perciben del Estado.

“El expresidente Funes no podía recibir esas cantidades de dinero como excedente o como regalo de sus amigos que costearon su campaña cuando ya tenía cinco meses en la Presidencia de la República”, manifestó Burgos.

Según el informe de auditoría que la Corte Suprema le entregó a la Funde-Alac, el exmandatario admitió ante Probidad que esos $639 mil 603  le fueron entregados “…a este servidor al final del proceso, para ser exactos en el mes de noviembre de 2009”.

Eso significa que el dinero lo recibió  después de cinco meses de mandato.

En dos de las seis “irregularidades” detectadas por Probidad tras analizar sus bienes, Funes acepta que ese dinero fue el excedente de las contribuciones de dicho movimiento para su campaña presidencial, la cual en su momento alcanzó $1 millón 190 mil 488.

Funes argumentó ante Probidad que de ese fondo usó, por ejemplo, $20 mil para adquirir vehículos y $221 mil 124 para el pago de deudas en su periodo presidencial.

“Esto queda desvanecido con la comprobación que se ha hecho de los ingresos obtenidos producto de la campaña denominada ‘Los Amigos de Mauricio’. Producto de ello, se ha comprobado, se obtuvo sumas muy por encima de esta cantidad, capaces de financiarla, razón por la cual no amerita estimar la duda”, alegó Funes a Probidad.

Según  la versión pública del examen de auditoría, y que le fue entregada a la Funde-ALAC el pasado martes, el exmandatario no reportó estos fondos en su declaración patrimonial inicial y final.

Tanto Funes como su abogado señalaron que los $639 mil fueron entregados en noviembre de 2009 pero, según la Corte, tampoco presentaron documentación que sustentara lo manifestado y que comprobara contundentemente que esa cantidad le fue entregada e ingresada a su patrimonio personal.

“Se volvió a verificar estos reportes bancarios específicamente en el mes señalado y no se encuentran movimientos que tengan relación a esa cantidad de dinero, a menos que el señor (Funes) Cartagena lo haya recibido ‘contante y sonante’, que así fuera, no se explica el motivo por el cual esta información y la cantidad sustancial de dinero ya relacionada, no hayan sido incorporados en su declaración de cese de funciones, sobre todo que es tan importante y determinante para comprobar la licitud de sus operaciones”, aseveró.

Según Burgos, en este caso existe un conflicto de intereses ante un beneficio indebido que ameritaría que el TEG iniciara un proceso de oficio.

Concretamente habría vulneración de los artículos 4, literal “f”, que se refiere a que la actuación de las personas sujetas a esta ley deberá regirse por los siguientes principios de la ética pública: “actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad”.

También invoca el literal “m” del mismo artículo que refiere a “rendir cuentas de la gestión pública a la autoridad competente y al público”.

Dentro de las prohibiciones  en el artículo 6 está: “Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones”.

Burgos también refiere el artículo 8 que dice: “se presume legalmente que existen beneficios indebidos en los casos de aceptación o solicitud de cualquier bien o servicio de valor económico, u otras ventajas adicionales”.

Para Burgos, el mismo Funes, al intentar aclarar las observaciones, acepta haber recibido los $639 mil en su gestión. “Pienso que estas cosas no deben estudiarse solo a la luz de la legalidad, sino también de la ética y de la probidad. No basta con que algo sea legal, tiene que ser legítimo, tiene que ser ético”, afirmó.