Corte reafirma que magistrados no pueden estar vinculados a partidos políticos

Presidente en funciones de la CSJ recuerda que hay un principio de independencia judicial que está sustentado en la Constitución

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San Salvador, jueves 7 de agosto de 2014. / Foto Por Jorge Reyes

Por Juan José Morales

2015-09-15 9:11:00

El presidente en funciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Florentín Meléndez, reafirmó que los militantes de partidos políticos o vinculados a éstos no pueden ser nombrados como magistrados, jueces o al frente de entidades que imparten justicia, porque así lo manda la Constitución de la República.

De esta manera el magistrado confirmó diversas sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte, que inhiben a militantes partidarios a ser nombrados como titulares del Tribunal Supremo Electoral (TSE), la Corte de Cuentas de la República (CCR), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) o la misma CSJ.

“El efecto de independencia judicial, que está en la Constitución, también nos conduce a afirmar que los jueces no pueden vincularse con actividades partidarias. El que quiera dedicarse a la política que lo haga, pero no a la judicatura a la vez. Somos firmes con nuestro fallo porque fortalece el Estado de Derecho”, consideró el también miembro de la Sala de lo Constitucional.

Meléndez reafirmó los requisitos que el máximo tribunal constitucional ha exigido en estos casos, después que el director de la Academia de Seguridad Pública (ANSP), Jaime Martínez, cuestionara al máximo tribunal por sus sentencias (ver nota aparte).

Martínez ha sido vinculado por la oposición al partido oficial FMLN y debido a ello se ha vedado su elección como  magistrado de la Corte.

De hecho, el máximo tribunal ha ordenado en el pasado la destitución de funcionarios de dichos organismos a quienes se les ha probado que fueron nombrados por la Asamblea Legislativa pese a que militaban en diversos institutos políticos.

En la sentencia del 14 de octubre de 2013, la Sala de lo Constitucional dejó establecido que “la Asamblea Legislativa debe verificar fehacientemente la no afiliación partidaria de los candidatos a Magistrados de la CSJ que deba elegir como tales, así como comprobar documentadamente que cumplen con los requisitos y exigencias constitucionales y legales para tales cargos, de tal forma que no comprometan su independencia”.

La Sala emitió esta sentencia luego de destituir al entonces presidente de la CSJ, Salomón Padilla, tras comprobar que mantenía “una afiliación partidaria y vínculos de confianza con la dirigencia de uno de los partidos políticos inscritos en el país”, refiriéndose al FMLN.

“En vista de que el ejercicio de la función jurisdiccional (de los jueces) debe hacerse de manera independiente, es imperativo que los Magistrados carezcan de afiliación partidaria o de cualquier otro vínculo material que genere dependencia del funcionario”, dice la sentencia.

En consecuencia, agrega la resolución, “del correcto e independiente ejercicio (no partidario) de estas atribuciones, incluida la función procesal, depende en buena medida el adecuado funcionamiento del tribunal”.

En términos generales, los afiliados y dirigentes partidarios, sin restricciones, pueden optar a cualquier cargo público en las distintas instituciones del Estado, sea o no de elección popular o de segundo grado, salvo a los cargos que impliquen el ejercicio del control institucional, especialmente los  de magistrados y jueces del Órgano Judicial, en cuyo caso existe una incompatibilidad especial entre dichas funciones y las actividades partidistas.

La elección de cinco magistrados titulares y cinco suplentes para la Corte Suprema se ha estancado porque el partido FMLN persiste en impulsar la candidatura de Martínez, pese a que el opositor ARENA lo rechaza por señalarlo de tener vinculación el oficialismo.