Temen que restricción para recetar fármacos sature citas con especialistas

Un antihipertensivo y el único antitusivo que tenía la institución quedaron fuera del listado oficial de medicamentos

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Una serie de medicamentos que podían ser prescritos por médicos generales, hoy deberán ser recetados por especialistas.

/ Foto Por elsalv

Por Yamileth Cáceres

2015-07-18 3:41:00

La nueva versión del listado oficial de medicamentos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), aprobado por el Consejo Directivo el 23 de junio de este año, comprende no solo la eliminación e introducción de nuevos productos, sino la restricción en la prescripción de algunos de ellos.

Antonio Minero, miembro de la Junta Directiva de la Asociación de Salud Pública de El  Salvador, cuestiona parte de la medida porque considera que se saturarán las consultas de los internistas, cardiólogos y otros especialistas; al final serán los derechohabientes los afectados.

En algunos casos, productos que en la edición 16ª se establecía que podían ser prescritos por los médicos generales, en la nueva versión, la  17ª  de este año, serán recetados únicamente por las áreas de Medicina Interna, Cardiología, Nefrología, Alergología, Clínicas Metabólicas, Otorrinolaringología, Pediatría y Clínicas Metabólicas.

Por ejemplo; el itraconazol, un antimicótico, en la edición de 2010 dice General Restringido, en la nueva versión se detalla Especial Restringido, es decir, que solo la podrán prescribir en Infectología, Medicina Interna y Dermatología.

El ambroxol, un antitusivo con acción expectorante era recetado por los médicos generales, a partir de este año pasa a la categoría de General  Restringido, es decir, que el doctor tendrá que justificar por qué se lo dará al paciente.

“Si yo veo 40 pacientes  al día, entre 25 y 20 vienen por tos, en lugar de hacer la consulta más ágil, la están haciendo más complicada, aquí van afectar, no al adulto, sino al niño”, comentó Minero.

La nifedepina 30 mg de uso cardiovascular, podía ser prescrito por los médicos generales, pero en la versión 17a.  pasa a Especial Restringido, es decir, Cardiología, Nefrología, Clínicas Metabólicas y Ginecología.

Minero comentó que el problema con estos cambios es que si no hay un especialista que haga la receta no se podrá despachar el producto, que en la unidades médicas no hay suficientes internistas y las clínicas metabólicas están saturadas.

“Por ejemplo; si usted tiene onimicosis, le hago unas pruebas y le doy el tratamiento; ahora no, la tengo que mandar al especialista a entrar a la cola, no es que va a llegar y lo van a ver mañana”, agregó Minero.

Con  el caso de los productos que quedaron fuera del listado, cotejando las dos versiones de los listados oficiales de medicamentos, el losartán podía ser recetado por los médicos generales debido a la gran cantidad de pacientes que consultaban por hipertensión; pero al retirarlo los médicos  ahora tendrán que prescribir enalapril o ibersartán, sin embargo este último solo lo puede darlo Cardiología, Medicina Interna, Nefrología y en las Clínicas Metabólicas.
“¿Qué significa eso?  Que del cien por ciento de pacientes hipertensos habrá un 40 por ciento que va a dejar de recibir losartán y habrá que darle enalapril porque el sustituto de losartán es ibersartán, pero como lo han restringido… si usted se va a una unidad médica va a ver cuantos internistas hay, y no solo están para ver eso … se le va a congestionar la consulta porque las clínicas metabólicas tampoco dan abasto”, agregó el miembro de la Asociación  de Salud Pública. 

Con el dextrometrofano, el único antitusivo que tenía el ISSS, se eliminó del listado oficial de medicamentos, ahora los médicos se preguntan ¿qué le recetarán a los pacientes?, porque la levodropropizina es un antihistamínico, para la alergia.

La ciprofloxacina, un antibiótico queda como segunda línea de tratamiento en infecciones de vías urinarias, de acuerdo con los resultados de los  cultivos, y en el listado de 2010 no se contemplaba el examen de laboratorio.

Héctor Valencia, especialista en farmacología y uno de los primeros médicos que trabajaron en el departamento de Farmacoterapia del Seguro Social, dijo que él está a favor de las restricciones porque hay mucho desperdicio de medicamento, solo que eso demanda de tener una estructura que agilice los procesos.

Valencia expresó que al establecer restricciones en la prescripción de fármacos se crean cuellos de botellas en las instituciones por lo limitado de las consultas de especialidad “que se lo van a pasar al especialista, ah, sí, pero la consulta va hacer dentro de un año, ese es el problema”.
Valencia, quien también es hematólogo, manifestó que en las unidades médicas los doctores generales deberían poder recetarlos productos, pero tener una contraparte que autorice esa receta.

“El restringir algunos, tal vez es porque son más caros, se los están dejando a las especialidades que se supone pueden valorar más los medicamentos, pero lo que pasa es que estos van  a tener una población limitada de gente ¿y qué pasa con todos los que llegan a las unidades médicas y las clínicas comunales?”, preguntó Valencia.

Con la eliminación del dextrometrofano opinó que esas son las medidas que hay que  valorar, porque los médicos deben tener algo que darle a un paciente que llega con mucha tos, para poder controlarla.

El especialista en farmacología reitera que no es partidario de dejar la prescripción libre porque muchos derechohabientes tienen una gran cantidad de medicamentos que ni los consumen.

Con la restricción de la ciprofloxacina de recetarla con cultivo, Valencia dijo que es una medida  tardía y no vale la pena implementarla porque ya se ha usado tanto que ha generado tremenda resistencia bacteriana.

En la introducción del listado oficial de Medicamentos 17a. edición se detalla que la actualización del documento se hace luego que los especialistas solicitan la incorporación de algunos productos y  las modificaciones y las eliminaciones obedecen a cambios en la fichas técnicas, medicamentos de difícil adquisición, retiro del mercado local o internacional y por  alertas de seguridad graves que modifican el uso de un fármaco.

Agregan que las solicitudes de modificación, eliminación o incorporación son evaluadas por el Departamento de Farmacoterapia en consenso con los médicos especialistas y la aprobación es avalada por las autoridades superiores y autorizadas finalmente por el Consejo Directivo del ISSS.

Fecha del acuerdo
El 23 de junio de 2015, el Consejo Directivo del ISSS aprobó la propuesta de la actualización del listado oficial de Medicamentos 17a. Edición 2015, segón el acuerdo #2015-0727.JUN.

Según el documento se incorporan seis códigos:  la dexametasona 0.1 % + Neomicina Sulfato 3.5 mg + Polimixina B Sulfato por ser un ungüento oftalmológico de dosis múltiple que contiene en combinación antibiótico + antiinflamatorio esteroide, para uso en especialidad oftalmológica.

La amlodipina 5mg y 10 mg por ser una alternativa terapeútica con mejor reacción costo-efectividad que la nifedipina, será prescrito por Cardiología, Nefrología, Medicina Interna, Ginecología y Clínicas Metabólicas.

También el Misiprostol 200 mcg tableta ranurada por ser un producto requerido en Gineco-Obstetricia para evacuación de la cavidad uterina en fallo temprano del embarazo (primer trimestre), inducción del trabajo de parto y prevención de hemorragia post parto será de uso exclusivamente intrahospitalario.

La metformina (clorhidrato) 100 mg + glimepirida 4mg y 2 mg, que mejora el control de la diabetes y la adherencia al tratamiento, su prescripción se hará en Medicina Interna, Endocrinología y Clínicas Metabólicas.

Mientras que los productos que eliminan son nifedipina 30 mg tableta para incorporar una mejor alternativa terapéutica, se detalla en el acuerdo. Además el formeterol fumarato 12 mcg y la   mometasona furoato 50 mcg, esta última por contar con alternativa.

Se modifica el fuorato de fluticasona 27.5 mcg/dosis aerosol nasal frasco de vidrio ámbar con bomba atomizadora en dosis medida por 120 dosis por el fluticasona furoato 27.5 mcg/dosis suspensión para inhalación nasal dosis medida frasco de vidrio ámbar con bomba atomizadora en dosis medida por 120 dosis.

Según el acuerdo estas entrarán en vigencia para las gestiones de compra a efectuarse en el periodo 2015P/2016 y los códigos a modificar y eliminar deberán ser prescritos en los centros de atención hasta agotar sus existencias, a menos que exista una indicación oficial. 

Las autoridades del Seguro Social dicen que no se saturarán las consultas, sino que se trata de ordenar y mejorar la atención porque hay guías de manejo de los pacientes (lea entrevista aparte ).

El listado oficial contiene los fármacos que obligatoriamente debe comprar el ISSS y prescribirse en los centros de salud de la autónoma.