Sala de lo Constitucional aclara que TSE no puede asignar escaños en conteo de votos en elecciones

Cada voto por rostro dado por los ciudadanos en la papeleta no podrá ser sumado a la bandera del partido elegido y será asignado al que fue marcado

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Julio Olivo, presidente del TSE firmó esta tarde un convenio con el CONAIPD para facilitar a personas con discapacidad poder ejercer el sufragio en los próximos comicios.

Por Jaime García / Eugenia Velásquez

2014-12-19 3:14:00

La Sala de los Constitucional de la Corte Suprema de Justicia aclaró esta tarde que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no está autorizado para asignar escaños en el conteo de votos de las elecciones para diputados de la Asamblea Legislativa.

Los magistrados señalan que la Asamblea Legislativa evadió dar cumplimiento a una resolución que le ordenaba legislar sobre el voto cruzado.

“En dicho pronunciamiento no se habilitó al TSE a dictar medidas sobre la forma de asignación de escaños, sino que el mandato derivado hacia dicho organismo es, en primer lugar, garantizar la aplicación del voto cruzado, y segundo, capacitar al personal electoral en dicha modalidad de emisión del sufragio, y por último, informar a la ciudadanía sobre la forma de emitir el voto cruzado”, aclararon los magistrados en un comunicado.

Dicha Sala aclara también que cada ciudadano tendrá un voto y que el mismo tendrá el peso en la obtención de los escaños legislativos.

“En ese sentido, se reitera que, cuando los ciudadanos decidan emitir voto cruzado, la sumatoria de las fracciones en que se divida el voto no puede ser en ningún caso inferior al valor de la unidad. Otorgarle un valor diferente a las marcas o fracciones, en el supuesto del voto cruzado, implica dar un tratamiento diferente al ciudadano que opta por esta modalidad, respecto del que vota por bandera, lo cual es una violación al carácter igualitario del voto, consagrado en el artículo 78 de la Constitución, y contradice la jurisprudencia de esta Sala”, se añade.

Esto significa que cada voto será para el candidato marcado y no podrá sumarse a la del partido político para que este lo divide y elija a sus representantes en el Parlamento.

“En consecuencia, cada ciudadano tiene derecho a un voto, y a que éste tenga el mismo peso o valor en la obtención de los escaños legislativos, independientemente del número de marcas que decida consignar entre los candidatos, en la modalidad de voto cruzado”, se asegura.

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La Asamblea Legislativa, con votos de GANA y el FMLN, no legislaron para trazar la forma en que se realizaría el conteo del voto cruzado y lo delegaron al TSE para que legislara al respecto.

Esta decisión ha sido duramente criticada por diversos sectores que exigen que sea la Asamblea Legislativa la que legisle sobre el voto cruzado. ARENA incluso afirmó que con dicha decisión se estaría fraguando un fraude en los comicios próximos.