Voto cruzado listo para sentencia en la Corte Suprema

Fiscal General y Asamblea Legislativa enviaron a la Sala de lo Constitucional sus informes en la que fijaron su posición sobre esta demanda.

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En 2012, por primera vez el electorado pudo votar por rostro en el caso de la elección de diputados al Congreso.

Por Edmee Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2014-10-23 7:00:00

Tras la presentación de alegatos de la Fiscalía y la Asamblea Legislativa, el “voto cruzado” quedó listo para la emisión de sentencia en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

El “voto cruzado” es la modalidad que permite que los salvadoreños voten por listas de candidatos a diputados de diferentes partidos.

Una fuente del máximo tribunal confirmó que ayer se recibió el último informe del Ministerio Público, con lo cual se abre la etapa de discusión para decidir en definitiva.

No se dio detalles de los informes, pero se dijo que en las próximas semanas podrían resolver.

Este proceso fue promovido por Eduardo Salvador Escobar Castillo, Félix Ulloa y Ramón Villalta, pues señalan que se viola el artículo 79 de la Constitución que habla sobre el carácter libre del sufragio; además exponen la inconstitucionalidad del artículo 185, inciso final del Código Electoral que señala la prohibición al voto cruzado; también el 205 y 207 de la ley electoral que establecen los criterios para los votos válidos y nulos.

Los demandantes citaron la sentencia del 29 de julio de 2010 donde los magistrados declararon inconstitucional el sistema de lista cerrada y bloqueada para elecciones de diputados. Ahora solo se permite votar por la propuesta electoral de un solo instituto político.

Esto lo que significa, según expusieron, es que no hay un pleno reconocimiento de la libertad electoral pues la Asamblea debió establecer que el ciudadano pudiera marcar la papeleta de votación por cualquier candidato a diputado sin importar el partido político del que proceda o si es no partidario.

Asimismo, establecieron que al no permitirse el voto cruzado “no se realiza una libre y auténtica expresión de la voluntad del ciudadano, pues se invade su capacidad para elegir a los candidatos de un determinado partido político o no partidario”, lo cual implica una suplantación de la voluntad de los ciudadanos por parte del legislador, afectando directamente la capacidad del votante.

El pasado 29 de septiembre, la Sala de lo Constitucional admitió por unanimidad el estudio de esta demanda.

Días después, magistrados del Tribunal Supremo Electoral se dividieron a causa de dicha decisión.

Tres de ellos, encabezados por el presidente del TSE Julio Olivo, expresaron su preocupación ante un fallo que avale el voto cruzado, señalando que al faltar pocos meses para las elecciones de 2015, esto afectaría el calendario electoral y elevaría los costos de los comicios. Los otros dos magistrados, se mostraron por acatar cualquier fallo.