CSJ: sin fuero diputados suplentes

Sala de lo Constitucional prácticamente avala a jueza que ordenó recluir a Wilver Rivera en un centro penal

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Los magistrados Florentín Meléndez, Sidney Blanco, Belarmino Jaime y Rodolfo González, firmaron el fallo. Foto EDH / Archivo

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2014-09-25 10:00:00

Por si quedaba duda, en un fallo específico sobre el tema, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó sentado de una vez por todas que los diputados suplentes no tienen fuero o inmunidad más que cuando sustituyen al titular y que esta resolución es de “obligatorio cumplimiento por cualquier autoridad”.

El Tribunal Constitucional reafirmó lo anterior al denegarle la libertad al diputado suplente Wilver Alexander Rivera Monge, quien está detenido bajo cargos de lavar más de ocho millones de dólares.

Diputados en la Asamblea Legislativa, sobre todo del FMLN, alegaban que una previa resolución de la Sala, que definía que los diputados suplentes no tienen fuero “era sólo una línea jurisprudencial” que no llegaba a un fallo, es decir, era “un comentario o una opinión”.

Todavía ayer tarde y pese al fallo de la Sala, los legisladores estaban analizando si le quitaban el fuero o inmunidad al diputado para que sea juzgado como un ciudadano común.

Sin embargo, con la sentencia de ayer, quedan obligados a acatar la decisión de que los diputados suplentes no tienen garantía de antejuicio, salvo que cometan delito mientras ejercen como propietarios.

El fallo de la Sala Constitucional responde a una solicitud que recibió para conceder a Rivera una “exhibición personal” o “hábeas corpus”, un proceso sumarísimo para determinar si una orden de detención es legal o no.

La petición de “hábeas corpus” fue presentada por los abogados Eduardo Salvador Escobar Castillo, José Ramón Villalta y Óscar Oswaldo Campos Molina, dirigentes de la Iniciativa Social para la Democracia (ISD).

Campos Molina es el jurídico del Área de Transparencia y Anticorrupción de la ISD, Escobar Castillo es el jurídico del Área de Reforma Política y Ramón Villalta es el director ejecutivo de la misma organización.

En su petición, estos abogados señalan que el Fiscal General de la República, Luis Martínez, ordenó la detención del diputado suplente sin haber realizado el procedimiento de antejuicio en la Asamblea Legislativa.

Para ellos, la Fiscalía habría “vulnerado la libertad física” de Rivera Monge al ordenar su detención administrativa sin realizar antes el trámite de antejuicio dispuesto en la Constitución, lo cual formaría parte de las prerrogativas que goza como diputado suplente. También consideraron que es necesario que la Sala aclarara “si a los diputados suplentes les asiste el fuero”.

Hace unos días, Villalta explicó que no estaban atacando ni defendiendo al diputado Rivera, sino que les interesaba que la Sala de lo Constitucional estableciera de forma contundente si los diputados suplentes poseen fuero o no.

Sin embargo, Rivera pidió por escrito que no se tramitara esa petición, por considerar que “responde a un interés ajeno a la tutela de su libertad personal”.

No obstante, la Sala reafirmó su jurisprudencia o criterio: “La inmunidad parlamentaria conforme a la cual debe seguirse un trámite previo en la Asamblea Legislativa, para enjuiciar penalmente a un diputado, es una prerrogativa atribuida a los propietarios –no así a sus suplentes, cuando ellos no estén llamados a conformar Asamblea…”.

“Por lo tanto, los diputados suplentes, mientras no hayan sido llamados a formar Asamblea y ejercer la diputación, no son titulares de los derechos, prerrogativas y atribuciones inherentes a la condición de parlamentarios”, dice la resolución.

Respaldo a jueza

Basándose en estas definiciones jurídicas, la Jueza Cuarta de Paz, Nelly Pozas, ordenó que el diputado acusado de lavado, fuera recluido en un centro penal mientras es procesado, por lo cual ella fue blanco de ataques de políticos de izquierda.

No obstante, la resolución de ayer es prácticamente un aval a lo actuado por la juzgadora. “Se concluye que el señor Rivera Monge es diputado suplente y no se ha manifestado que las conductas por las cuales se le procesa están vinculadas con su trabajo parlamentario… no es titular de la prerrogativa del antejuicio y el hábeas corpus, por lo tanto, es improcedente”, dice el fallo.

Es obligatorio

La Sala recuerda que el criterio sobre la inmunidad de los diputados suplentes ya había sido sostenido en dos resoluciones previas y “debe ser atendido obligatoriamente por cualquier autoridad ante quienes se tramiten procesos o procedimientos en los que figura una persona en calidad de diputado suplente”.

Además, ordenó que esta resolución se le traslade al Juzgado 9o. de Instrucción, al cual pasará el caso de Rivera.

De paso, la Sala deja descartados los argumentos de políticos, diputados y hasta magistrados de izquierda de que se necesita que los fallos sean emitidos en sentencias específicas para tengan validez o fuerza jurídica.

“El criterio fijado expresamente por esta Sala en su jurisprudencia debe ser atendido obligatoriamente por cualquier autoridad, ante quienes se tramiten procesos o procedimientos en los que figure una persona con esa calidad (diputados suplentes)”, expresó la resolución.

La Sala deja establecido que sus resoluciones y fallos “no pueden entenderse como documentos conformados por segmentos aislados e incoherentes, carentes de efectos obligatorios, sino como un todo armónico y unitario en el que se reflejan y concretiza la actuación jurisdiccional y la fundamentación y decisión del tribunal, todo lo cual está dotado de plena obligatoriedad para las partes procesales; y en el caso de las resoluciones y fallos de la Sala de lo Constitucional, estos tienen efectos vinculantes (obligatorios) jurídicamente para las autoridades”.

Aún más: recuerda que en definitiva, el Tribunal Constitucional es el único responsable de “clarificar la extensión y alcance de las disposiciones constitucionales”.

Diputado y familia acusados de blanqueo

El proceso contra el parlamentario suplente comenzó el viernes 27 de julio cuando el Fiscal General, Luis Martínez, pidió la solicitud de antejuicio contra Rivera por lavado de dinero.

Sin embargo, tras una resolución del Tribunal Constitucional donde ponía límites al fuero de los diputados suplentes, Martínez acusó formalmente al diputado Rivera en los tribunales.

Junto a Rivera también el Ministerio Público ha procesado a Wilver Alexander Monge y Aremis Leonor Sifontes, hijo y esposa del diputado suplente.

El Juzgado Noveno de Paz envió a la cárcel hace tres semanas a los familiares del diputado.

Rivera Monge fue enviado la semana pasada a las bartolinas de la División Antinarcóticos de la Policía, mientras la Fiscalía lo sigue investigando.