Diputados tránsfugas a juicio en Sala Constitucional

Presidente en funciones de CSJ dice que sino se acata orden de la Sala Constitucional se podría cometer desacato

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La demanda abarca al grupo que originalmente pertenecía al partido ARENA. Foto EDH.

Por ??scar Iraheta Eugenia Velásquez Sucesos@eldiariodehoy

2014-05-21 7:00:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia decidió ayer abrir un juicio al transfuguismo o deserción de diputados de sus partidos originales y a la formación del grupo de exareneros “Unidos por El Salvador”.

El Tribunal Constitucional resolvió admitir una demanda presentada por el abogado Avelino Chicas contra un acuerdo de Junta Directiva y el Reglamento Interior de la Asamblea, el cual, según el escrito, avala las tránsfugas de los diputados hacia otros partidos y les da prerrogativas incluso para formar grupos parlamentarios.

Chicas Alfaro ha argumentado que “el transfuguismo violenta el artículo 85 de la Constitución, ya que el tránsfuga carece de legitimidad democrática, al abandonar la representatividad que alcanzó con un partido determinado… el diputado tránsfuga no hubiese logrado el número de votos que lo llevó al cargo legislativo”.

En la demanda, el abogado Chicas cita con nombres y apellidos a los areneros que dejaron su partido: Manuel Rigoberto Soto Lazo, Jesús Grande, Sigifredo Ochoa Pérez, Santos Adelmo Rivas y Claudia Luz Ramírez García y diputada suplente Elsa Dávila de Morales.

Para Chicas, con el transfuguismo se produce una “burla” a la voluntad popular que se expresó en las urnas mediante el voto.

El abogado agrega que el cambio o no de partido político le resta valor al sufragio activo y desconoce su carácter de derecho fundamental.

“Quien vota por el diputado que finalmente abandona un partido político, pierde su capacidad para incidir en el sistema político, pues el peso de su voto desaparece; se produce un irrespeto a las proporciones logradas por el partido afectado, porque el número de sus diputados se reduce en la Asamblea Legislativa”, detalla la demanda.

“Cuando se presenta el transfuguismo, se produce un irrespeto a las proporciones logradas por el partido afectado, porque el número de sus diputados se reduce en la Asamblea Legislativa, no obstante que la voluntad popular era distinta. En esa condición, el diputado carece de partido, de representación y de voluntad electoral manifestada en las urnas”, afirma la demanda.

Debieron presentarse como “independientes”

Chicas Alfaro detalla que si un diputado quiere ser “independiente”, debió postularse como tal, pues ahora se permite este tipo de candidatura, según lo declaró la Sala de lo Constitucional en el voto por rostro y bandera en 2010.

La demanda fue admitida por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Elíseo Ortiz.

Los magistrados constitucionalistas le ordenaron a la Asamblea que rinda un informe en el plazo de 10 días hábiles, para que justifique la constitucionalidad de las disposiciones cuestionadas por el demandante.

Al final, la Sala decidirá si las disposiciones legales que avalan a los tránsfugas son válidas o no, y si los diputados deben o no ser sustituidos por sus suplentes como lo pide el abogado demandante.

Por su parte el diputado disidente de ARENA, Sigifredo Ochoa Pérez, indicó que respetará lo que resuelva la Sala de lo Constitucional.

Indicó que hay “incongruencias” en la demanda, ya que él como al resto de los disidentes, los eligió la ciudadanía por rostro y no fue a los suplentes.