Sala detiene intención de Funes de ir al Parlacen

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Los magistrados del Tribunal Constitucional Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y el magistrado suplente German ??lvarez (no está en la foto) admitieron la demanda que frena las intenciones de Funes de ser diputado al Parlacen.

Por ??scar Iraheta Twitter: @oscar_iraheta

2014-05-29 7:00:00

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) frenó ayer la incorporación del presidente saliente de la República, Carlos Mauricio Funes Cartagena, como diputado al Parlamento Centroamericano (Parlacen), después de terminar su mandato el 1 de junio.

El Tribunal Constitucional admitió una demanda que fue presentada el 22 de mayo por cinco ciudadanas, quienes pidieron que se declare inconstitucional un artículo del Tratado del Parlamento Centroamericano y otro del Reglamento Interno del Parlamento Centroamericano que, supuestamente, avala el cargo que pretende optar el mandatario.

“Suspéndense provisionalmente, a partir de esta fecha, los efectos del artículo 2, incisos 2° y 3° del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas y el artículo 2 del Reglamento Interno del Parlamento Centroamericano, en el sentido de que el Presidente, Vicepresidente y los designados a la Presidencia deberán abstenerse de ser juramentados y asumir los cargos como diputados centroamericanos y, por tanto, de integrar el Parlamento”.

Los magistrados también ordenaron al Parlacen y al Tribunal Supremo Electoral (TSE) “abstenerse de extender credenciales, recibir la protesta de ley y dar posesión al Presidente, Vicepresidente y Designados a la Presidencia de la República de El Salvador, cuyo mandato concluye el 1 de junio como diputados al Parlamento Centroamericano”.

Las demandantes alegan que los artículos impugnados violan el 72 y 80 de la Constitución, los cuales tratan sobre los derechos políticos de los ciudadanos de votar y optar a cargos públicos y que los diputados del Parlamento Centroamericano son funcionarios de elección popular.

Indicaron que si a Funes se le permite que ingrese al Parlacen, “existe una clara apariencia de vulneración del sufragio activo y pasivo, así como un daño directo a la democracia”.

Mencionaron que los diputados a la referida institución “son electos mediante sufragio universal, directo, secreto y democráticamente, ejerciendo sus cargos de conformidad con el Tratado del Parlamento”.

Agregaron que los parlamentarios deben de cumplir con los requisitos que exigen los Congresos o Asambleas de los respectivos Estados, por lo que son electos de conformidad con su legislación interna, es decir, las que establece la Constitución de la República.

Recientemente, Funes expresó que sus intenciones de ir al Parlamento se debe para “prestigiar” y usarlo como tribuna de debate.

También rechazó que busque impunidad como afirman sus detractores, pues argumentó que los mandatos del Parlacen duran cinco años, mientras los delitos de que se puede acusar a un expresidente prescriben en 10 años.

Sin embargo, en la demanda las peticionarias alegaron que “si dicho funcionario ingresa al Parlacen gozará de inmunidades y privilegios”.

Las demandantes presentaron como prueba las notas periodísticas sobre las manifestaciones de Funes de integrar el parlamento y explicaron “que será dañino para la democracia que no se suspendan los efectos de las disposiciones impugnadas, en virtud del fuero que se le otorgará a la persona que ingrese a la mencionada institución”.

“Esta Sala considera que las demandantes han logrado entablar un contraste constitucional… sus argumentos con base en la interpretación de las disposiciones propuestas como parámetro de control, se estima que se encuentra ante la probable existencia de una vulneración a la Constitución”, resolvió el Tribunal Constitucional.

Los magistrados constitucionalistas le ordenaron a la Asamblea que rinda un informe en 10 días.

Además, sentenciaron que si la Asamblea no rinde lo solicitado por el Tribunal Constitucional, se le notifique al Fiscal General en un período de siete días.

En Guatemala una demanda similar fue resuelta contra la incorporación de exmandatarios al Parlacen porque no son elegidos por voto popular.