Firma fundada por titular de Agricultura hizo valúo CEL-Enel

juez de instrucción ordenó ayer embargo de los imputados Con base en este documento Informe revela que cifra de los supuestos daños y perjuicios al Estado por $2,107 millones no está basada en pérdidas reales de CEL o LaGeo

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Hasta la fecha, la página de Facebook de Ochoa Benítez Asociados presenta al ministro de Agricultura, Pablo Alcides Ochoa, como socio.

Por Jorge ??valos Twitter: @Avalorama

2014-04-11 9:00:00

El principal documento utilizado por la Fiscalía General de la República en el caso CEL-Enel para justificar el embargo a 11 imputados, no prueba, como se ha divulgado públicamente, que el Estado salvadoreño haya perdido 2,107 millones de dólares por el asocio público con la empresa italiana Enel Green Power en el año 2002.

El documento en sí, desconocido hasta ahora, pero hecho público a raíz de la determinación que se tomó ayer en el Juzgado Séptimo de Instrucción por el tema del embargo, demuestra que la multimillonaria cifra planteada por la Fiscalía el 6 de abril pasado como “la totalidad del perjuicio patrimonial ocasionado a CEL por haber incorporado a la empresa Enel Green Power S.p.A. como socio estratégico en Gesal (ahora LaGeo)” no es una valoración de daños y perjuicios, sino un monto especulativo obtenido después de multiplicar por casi mil por ciento el valor nominal de las acciones de la empresa geotérmica LaGeo.

Esta cifra especulativa presentada por la Fiscalía no sólo no representa pérdidas actuales o reales de CEL, sino que, de acuerdo con el documento de donde proviene, tampoco representa dinero o capital que podría haber sido apropiado por alguno de los imputados en el caso CEL-Enel.

Arturo Muyshondt, abogado defensor de dos de los imputados en el caso penal CEL-Enel, calificó de “descabellado” el método que se utilizó para obtener una cifra “tan absurda de supuestos daños y perjuicios”.

Muyshondt, exdirector propietario del Banco Central de Reserva y expresidente del Banco Hipotecario, señaló que “el valor nominal de una empresa no tiene nada que ver con su valor contable ni con el valor comercial”.

“El método usado en el referido informe no es ni técnicamente ni financieramente aplicable para valuar la empresa LaGeo”, recalcó Muyshondt. “Este método es un absurdo”, dijo.

Aún así, la Fiscalía ha justificado la necesidad de realizar el embargo sobre la base de esta cifra especulativa, que en total sería superior a los $2,107 millones, porque “se esperaría (que fuera) recuperado, resarcido o reintegrado”, argumentaron el pasado 6 de abril en el Juzgado Séptimo de Instrucción.

En ningún lugar del documento se indica que esta monto se ha perdido o que haya sido apropiado por alguno de los acusados como para esperar que esta fuese recuperada. Según la misma Fiscalía, la cifra “equivale a la mitad del presupuesto de la nación de este año”.

Nexo con ministro de Agricultura

La firma auditora que obtuvo la cifra que ahora sirve de base para justificar el embargo es Ochoa Benítez Asociados, fundada por el actual ministro de Agricultura, Pablo Alcides Ochoa, y quien, al momento de su juramentación como funcionario gubernamental, aún era identificado como “director presidente” y como “representante legal” de la firma, según consta en documentos del Centro Nacional de Registros (Libro 2307, Asiento 21, 236-38).

Pese a que Pablo Alcides Ochoa fundó y dirigió la firma auditora, su actual currículum vitae disponible en el sitio web del Ministerio de Agricultura suprime la relación del titular de la cartera con Ochoa Benítez Asociados.

El Diario de Hoy intentó obtener una declaración de Ochoa sobre su relación actual con la firma auditora, pero después de un contacto inicial con personal de Comunicaciones del Ministerio de Agricultura, los celulares fueron apagados.

CEL contrató valúo

El Informe Especial de valúo sobre “posibles daños y perjuicios” realizado por Ochoa Benítez Asociados es, en su totalidad, una carta de 18 páginas dirigida a la Junta Directiva de CEL.

De acuerdo con el documento, Ochoa Benítez Asociados fue contratada por la Junta Directiva de CEL en noviembre de 2013 para que realizara una investigación y un informe con el “propósito de establecer los posibles daños y perjuicios que ocasionó a CEL la incorporación de Enel, S.p. A.., como socio estratégico en LaGeo, S.A. de C.V.”.

La Fiscalía presentó este documento el día mismo de la audiencia inicial en el Juzgado Séptimo de Paz, y no fue previamente compartido con los abogados defensores, quienes sólo obtuvieron copias del valúo a mediados de diciembre de 2013.

El método cuestionado

Este Informe Especial explica en detalle, en la página 17, cómo se llegó a la suma que la Fiscalía llama “la totalidad del perjuicio patrimonial”. Para hacerlo, Ochoa Benítez Asociados simplemente multiplicó el valor nominal de las acciones de LaGeo por 966.67 %.

Es decir, Ochoa Benítez Asociados propone que, ante la posibilidad de una privatización de LaGeo, cada acción con un valor nominal de $11.43 debería venderse a un precio de $110.48. A esta ganancia de casi $100 por acción ellos la llaman un “prima por control”.

¿Cómo llega Ochoa Benítez Asociados a esta fórmula para una prima por control tan alta?

Los auditores que firman el documento, José Efraín Quinteros y Juan Manuel Belloso, lo explican en la página 16: “cuando una empresa quiere comprar acciones de otra y obtener control, debe pagar una prima por control”.

Ahora bien, ellos mismos enumeran cómo se usa en la realidad esta “teoría aplicada internacionalmente en este tipo de negocios”. Y lo que dicen y la literatura que ellos mismos citan indica que en ningún país se aplica una prima por control que supere el 36 %.

En los ejemplos que Ochoa Benítez Asociados citan de la literatura financiera sobre el tema, “en Latinoamérica, por ejemplo países como Brasil, Chile o México, esta prima oscila entre el 23 % y el 36 %”, aunque en “países más desarrollados y con menos riesgo, esta es menor, por ejemplo Alemania 16 % o Inglaterra 4 %”.

En ninguno de los casos citados por la literatura financiera que Ochoa Benítez Asociados cita en el documento, se aplica el 966.67 % que la firma aplica en el caso de LaGeo.

¿De dónde obtuvo Ochoa Benítez Asociados este porcentaje tan alto?

En el Informe Especial lo explican así: “Para el caso de El Salvador se puede citar el caso concreto de privatización de CAESS, en la que la empresa transnacional EDC de Venezuela adquirió la mayoría de las acciones, para tomar control de la referida sociedad y pagó dicha prima por control.

El valor pagado por cada acción de CAESS fue de US$11.02 que tenían un valor nominal de US$1.14, es decir que pagó alrededor del 966.67 % de su valor nominal”.

Tres aspectos saltan a la vista de esta explicación de Ochoa Benítez Asociados.

La primera es que no obtuvieron el porcentaje de prima por control de un análisis de daños y perjuicios basados en información financiera de LaGeo.

El 966.67 % que multiplican al valor nominal de las acciones de LaGeo para obtener la cifra de $1,824 millones que usa la Fiscalía para justificar el embargo fue extrapolado sin ninguna justificación técnica razonada en el Informe Especial de Ochoa Benítez Asociados.

No es necesario elaborar que las dos empresas, una generadora de energía geotérmica (LaGeo) y una distribuidora y comercializadora de electricidad (CAESS) no son comparables como empresas.

El segundo aspecto es que el ejemplo de la venta de CAESS que utiliza Ochoa Benítez Asociados es del caso de la privatización de una empresa del Estado, algo que no ha ocurrido con LaGeo. Esto determinaría que no es un ejemplo idóneo.

El tercer aspecto es que la firma de auditores claramente explica que la cifra de $1,824 millones proviene de un escenario especulativo y no de un resultado basado en un diagnóstico de verdaderos daños y perjuicios de CEL.

Cabe recordar que CEL no ha invertido ni un centavo en LaGeo desde que Enel Green Power asumió el papel de socio estratégico, y que tampoco ha perdido ni una sola de sus acciones y no las perderá aún si Enel Green Power toma control de la gestión de la empresa en cumplimiento del laudo internacional.

La Fiscalía tampoco ha atribuido ningún beneficio económico personal a los imputados individuales y, de hecho, durante la audiencia inicial en el Juzgado Séptimo de Paz, aclararon que no tenían por qué probar que los exfuncionarios o empresarios acusados se habían beneficiado de sus supuestos actos.

Juez ordena embargo

El Juez 7° de Instrucción, Miguel Ángel García Argüello, ordenó ayer que se llevaran a cabo embargos preventivos en los bienes de 11 imputados en el caso CEL-Enel, incluyendo dos sociedades.

El funcionario libró oficios a instituciones financieras, al Registro de la Propiedad y al Registro Público de Vehículos Automotores, entre otras, para hacer efectivos los embargos, tal y como fueron solicitados por la Fiscalía.

García Argüello también ordenó un rastreo internacional de cuentas bancarias a nombre de los imputados y sociedades, después de cumplir con las diligencias necesarias a través de la Corte Suprema de Justicia.

Con respecto a las sociedades, el juez ordenó el embargo de Enel Green Power El Salvador, y el embargo de la participación accionaria de Enel Green Power, S.p.A., de Italia, en LaGeo, la cual es de 36 %.

En base a esto, el juez ordenó el embargo de títulos valores, y la retención de las utilidades y dividendos que la actividad generadora de energía produzca.