Prohiben a los funcionarios hacer política partidaria

La restricción también incluye al Presidente de la República y a todos sus funcionarios, de autónomas y municipales

descripción de la imagen
Ministros, viceministros y otros personeros del gobierno de Funes se reunieron en octubre frente al Palacio Nacional, en el centro de la capital, para expresar abiertamente su apoyo al candidato oficialista Salvador Sánchez Cerén (centro). Foto EDH / Archivo.

Por sucesos@eldiariodehoy.com

2014-01-24 7:00:00

Todos los funcionarios, incluyendo al presidente de la República, tienen desde hoy prohibido participar en actividades relacionadas con la política partidista, sobre todo para favorecer o perjudicar a cualquiera de los candidatos o partidos participantes en la campaña presidencial.

Así lo ordenó ayer la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al dejar congelado un decreto del Presidente Funes que permitía dicho proceder de los funcionarios.

“Ningún funcionario público, sin excepción alguna, podrá ampararse en tal disposición para participar en actividades relacionadas con la política partidista, prevaliéndose del cargo público, especialmente en lo que se refiere a actividades de campaña proselitista”, reza la resolución emitida por el Tribunal Constitucional.

La Sala deja sin efecto hasta resolver en definitiva el artículo 1 inciso 2º. del decreto Presidencial que contiene las “Disposiciones para regular la eficaz gestión de la Administración Pública en el marco del proselitismo electoral…”.

La Sala de lo Constitucional dejó sentado que “en particular, con base en esta decisión, todo funcionario debe abstenerse de realizar actividades político partidarias que tiendan a favorecer o perjudicar a cualquiera de los candidatos o partidos que participarán en las elecciones presidenciales del presente año”.

La prohibición abarca a todos los funcionarios públicos sean éstos de los órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial, instituciones autónomas, semiautónomas y municipales, entre otras, explicó el magistrado Rodolfo González.

“Los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de una fracción política determinada. No podrán prevalerse de sus cargos para hacer política partidista. El que lo haga será sancionado de conformidad con la ley”, indica el artículo 218 de la Constitución.

Tampoco podrán valerse de los recursos del Estado como vehículos oficiales, personal de seguridad y otros medios a disposición de los funcionarios para hacer proselitismo.

Al mismo tiempo la Sala le ordena al presidente Mauricio Funes que en el plazo de 10 días hábiles rinda un informe para justificar que dicho decreto no riñe con la Constitución, como ha denunciado un grupo de ciudadanos que han solicitado que se le declare inconstitucional.

La decisión de la Sala se emite en un momento en que los funcionarios del gobierno prácticamente se han volcado a la campaña en favor del partido oficial, FMLN, como han denunciado diferentes organizaciones cívicas y sociales.

Los abogados Luis Nelson Segovia y René Fortín Magaña denunciaron que el mismo presidente Funes se muestra como el “principal activista” del FMLN, desde su programa radial hasta pedir el voto por el partido de gobierno. “Claramente (Funes) está violando la Constitución”, enfatizó Fortín Magaña.

Otro profesional del Derecho y excoordinador del FMLN, el doctor Fabio Castillo, consideró que el presidente está en su derecho de expresar sus preferencias partidarias, pero no de “prevalerse” de su cargo para hacer propaganda partidista.

“A todos nos pareció bien que en un inicio (Funes) dijo que era el presidente de todos los salvadoreños y les prohibió a sus ministros participar en actividades partidarias… Lo terrible en este caso es que él se ha contradicho… ahora ha dado un vuelco y eso alguna gente lo ve mal”, explicó.

Por su parte, el Tribunal Constitucional considera que “de no adoptarse la medida (prohibición), los funcionarios públicos podrían aprovechar la permisión establecida en el art. 1 inc. 2° del mencionado decreto del Presidente Funes para participar en actividades a favor de cualquier partido político o coalición, con la consecuente violación a la Constitución”.

“El peligro se acentúa, sobre todo porque los funcionarios pueden llevar a cabo “actividades de política partidaria” en la campaña de las elecciones presidenciales que se aproximan… sin perjuicio de que tal riesgo persista en eventos electorales posteriores mientras permanezca vigente el decreto presidencial impugnado”, advierte la Sala.

Para probar sus señalamientos, los demandantes en este caso presentaron informaciones periodísticas que prueban la participación de funcionarios en actividades del partido oficial y que con esto se viola el artículo 218 de la Constitución de la República.

Los peticionarios argumentan que los funcionarios del Órgano Ejecutivo “deben desligarse de los partidos políticos (y por ello no deben hacer propaganda a favor de estos) para poder tomar decisiones que beneficien al pueblo en su totalidad… si la vinculación con un partido político disminuye, el funcionario podrá tomar sus decisiones con mayor libertad”, razonan.

“Los funcionarios –continúan– no pueden realizar sus actividades en nombre o a favor de grupos de poder o de sectores determinados, sino a favor de todos y cada uno de los miembros que forman la sociedad salvadoreña. Si esto es así, no puede autorizarse a los funcionarios para que participen en actividades relacionadas con la política partidista de cualquier partido político o coalición, tal como lo hace la disposición impugnada”. “Las instituciones deben ser independizadas de la política partidista… los funcionarios están obligados a servirle al soberano (pueblo), no a las fracciones políticas”, afirman.

Las reacciones de la resolución del máximo tribunal no se hicieron esperar. La Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) aplaudió la decisión de los magistrados al afirmar: “nos complace que se haga valer la Ley y se impida la violación de la Constitución por parte de funcionarios que realizan abiertamente política partidista”.

La ANEP exigió al Presidente de la República y a sus ministros respetar el artículo 218 de la Constitución.

“La ANEP se mantendrá vigilante y espera que a partir de hoy los funcionarios eviten ser sancionados” como lo establecen los Códigos Penal y Electoral, al tiempo que pidió independencia al Tribunal Electoral.