TSE multa con $571.43 a Maritza Rebollo por spot

Decisión fue tomada ayer con los votos de tres de cinco magistrados Magistrado Fernando Argüello afirma que no hubo base para condena

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Maritza Herrera Rebollo solicitó, el pasado 4 de noviembre, la anulación de la candidatura del efemelenista Salvador Sánchez Cerén. La petición no fue admitida por el TSE. Foto EDH /archivo

Por Edmee Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2013-11-26 8:00:00

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) multó ayer a la hija de un exministro de Educación, asesinado durante la guerra civil salvadoreña, por la difusión de dos spots en contra del candidato presidencial del FMLN, Salvador Sánchez Cerén.

El presidente del Tribunal, Eugenio Chicas, informó que se impuso una multa de 5 mil colones (el equivalente a $571.43) a Maritza Herrera Rebollo, además de la orden de retirar definitivamente dichos anuncios televisivos.

Aseveró que los motivos de la decisión se basaron en el artículo 172 inciso 2 del Código Electoral que plantea que solo tienen derecho de realizar actos de propaganda electoral los partidos políticos o coaliciones debidamente inscritas.

La decisión fue tomada por mayoría simple. Votaron el presidente del TSE, además de los magistrados Gilberto Canjura y Walter Araujo.

El magistrado Fernando Argüello aseveró que votó en contra de dicha decisión.

Expresó que uno de los argumentos es que no existe en el Código Electoral ningún tipo de sanción para lo que se estaba planteando en el articulado antes mencionado.

Y en segundo lugar, Argüello asegura que la Fiscal Electoral, quien representaba la demanda interpuesta, nunca comprobó que el hecho denunciado fuera un acto de campaña electoral.

“No se comprobó que lo que se estaba publicando era campaña electoral y no libertad de expresión”, aseguró.

El magistrado agregó que si bien dicho proceso inició de oficio, el Tribunal Electoral no podía actuar como juez y parte, en el sentido de solicitar las pruebas y los argumentos de derecho como para fortalecer una posición al respecto y que eso le correspondía a la Fiscalía.

“La Fiscalía no pudo sostener dentro de la audiencia que el hecho que se estaba imputando correspondiera a una campaña electoral”, es uno de los argumentos que Argüello dijo que planteará en su voto disidente.

El magistrado, que es el representante de la Corte Suprema de Justicia en el TSE, reiteró que los argumentos que sus colegas Chicas, Araujo y Canjura tomaron para emitir un fallo sancionatorio no son correctas porque el hecho que señalan no está tipificado para las personas naturales.

Los anuncios que fueron sancionados son en los que Maritza Herrera Rebollo señala su molestia por la candidatura presidencial del efemelenista Sánchez Cerén pues asevera que él formó parte de las FPL, una de las cinco organizaciones que formaron el FMLN, y que se atribuyó el asesinato del exministro Carlos Antonio Herrera Rebollo en 1979.