Darán 180 días para vigencia ley Extinción

Es el plazo para que la CSJ instale dos Tribunales Especiales y dos Cámaras de Sentencia para normar.

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Los diputados Jackeline Rivera (derecha) y Yohalmo Cabrera del FMLN, de la Comisión de Legislación. foto edh / asamblea

Por Eugenia Velásquez politica@eldiariodehoy.com

2013-11-04 7:00:00

Tras varias semanas que los diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales retrasaron el dictamen favorable para la ley de Extinción de Dominio, pese a los acuerdos alcanzados, ayer consensuaron llevarlo a su aprobación el jueves en la plenaria, no sin antes escuchar a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los magistrados serán convocados para que den sus aportes a la ley el jueves en la mañana antes de la realización de la plenaria, ya que los legisladores acordaron otorgar 180 días para la implementación de la normativa.

La CSJ jugará un rol importante en la misma, ya que será la entidad responsable de crear dos Tribunales y dos Cámaras de Sentencia especializados en el tema de la extinción del dominio.

“Se puede crear por ley, pero también la Corte Suprema de Justicia tiene facultad, nosotros lo estaríamos creando por ley, la Corte Suprema tiene el 6 % del presupuesto de la Nación, se le darán 180 días para que reorganice su presupuesto y los cree”, afirmó el diputado Julio Fabián, de ARENA.

Añadió que el tiempo de ejecución está relacionado también con la preparación que deberán tener las unidades especializadas de la Policía Nacional Civil (PNC) y de la Fiscalía General de la República (FGR).

“Se ha establecido un plazo de 180 días para que pueda la Corte Suprema de Justicia organizar los Juzgados Especializados y las Cámaras respectivas”, mencionó el diputado Mario Tenorio, de Gana.

Añadió que dentro de ese periodo se puso un lapso de 90 días para que las personas que fungirán como resolutores, jueces o magistrados de los tribunales y cámaras especiales puedan tener la respectiva capacitación.

Después de eso, agregó que la ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.

La ley busca incautar los bienes de las personas o empresas que no puedan demostrar que la adquisición de los mismos se hizo de forma lícita.

Para administrar estos bienes la ley contempló la creación de la Comisión Administradora de Bienes (Conab), integrada por varias instituciones, entre ellas la Fiscalía, a quien le corresponderá el 35 % de los fondos obtenidos.

Así como al ministerio de Seguridad, institución que gozará también del 35 % del dinero recaudado; la Fuerza Armada, con el 10 %; el 15 % de los bienes incautados serán administrados por el Conab; y el 5 % para la Procuraduría General de la República (PGR).

Los fondos servirán para que estas instituciones refuercen el combate a la delincuencia y el narcotráfico.