Jueces respaldan a colega 7º de Paz en caso CEL-Enel

Afirman que resolución no está influenciada por ningún sector de la sociedad

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Abogados de la defensa conversan durante la audiencia en el Juzgado Séptimo de Paz, el pasado lunes. Foto EDH / Archivo.

Por Jaime López sucesos@eldiariodehoy

2013-11-29 7:00:00

Ante las críticas del Fiscal General de la República, Luis Martínez, y del presidente de la República Mauricio Funes contra la Jueza Séptima de Paz en caso CEL-Enel, colegas de la aplicadora de justicia le dieron su respaldo ayer por lo actuado.

Un día después de que la jueza Evelyn de Solís emitiera su resolución en el caso CEL-Enel, el Fiscal General la calificó de “desatinadas” e “inoportunas” las argumentaciones de la jueza al exonerar de cargos a 12 exfuncionarios de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y mantener en libertad bajo medidas a otros nueve.

La Fiscalía acusó a los exdirectivos de CEL de peculado (enriquecimiento con los bienes del Estado) y falsedad documental agravada (alteración de documentos) supuestamente con el asocio entre la autónoma salvadoreña y la italiana Enel para la explotación de energía geotérmica.

Sin embargo, la jueza Jiménez de Solís consideró que la acusación estaba en “crisis” . La aseveración de la jueza se fundamentó en que no había suficientes pruebas contra los señalados para acusarlos.

El presidente Mauricio Funes, en una entrevista televisiva el jueves por la noche, manifestó que la frase le parecía una “ligereza porque una jueza de Paz no está en capacidad de determinar el trabajo de la Fiscalía”.

“El señor Presidente no es abogado”

El primero en opinar fue el Juez Sexto de Instrucción de San Salvador, Antonio Arévalo Ortuño, quien dijo que su homóloga ha resuelto apegada “a derecho”.

Que si la acusación de la Fiscalía estaba en crisis, “es el criterio de la señora Jueza, independientemente de si estoy de acuerdo o no y es más que respetable”, enfatizó.

“El señor Presidente, con todos y los asesores que pueda tener y que pueda contratar; él no es abogado, y sus asesores jurídicos tampoco han visto el expediente”, argumentó el Juez Sexto de Instrucción.

Entonces, su opinión (la del Presidente) carece de cualquier peso.

Sobre la Ley General de Electricidad, si es o no constitucional, el juez Sexto de Instrucción manifestó que la jueza está en pleno derecho de decir si es o no Constitucional y aplicarla o considerarla.

“Juramos cumplir y hacer cumplir la Constitución, entonces si me percato si la Ley que se aplicó es inconstitucional, el funcionario debería abstenerse por su juramento”, sentenció.

En todo caso, afirmó, el Juez 7º de Instrucción tendrá que resolver si la ley de Electricidad es o no constitucional. La bola está en su cancha y el deberá decir qué fue lo que pasó en caso CEL-Enel.

Al respecto el Juez 11º de Paz, Aníbal Osorio, señaló que respaldaba la actuación de la jueza Jiménez de Solís porque resolvió sin la presión del Fiscal ni del Presidente de la República ni por ninguna otra persona.

“Creo que la honorable jueza ha actuado respetando el deber de independencia e imparcialidad”, subrayó Osorio.

Agregó que el juez en su ejercicio puede hacer todas las valoraciones que considere y escribirlas en su resolución. Y las partes (defensores y acusadores) tienen todo el derecho de cuestionarla y “por eso ninguno está cometiendo pecado”, destacó Osorio.

En todo caso es el tribunal superior, Juzgado de Instrucción o una Cámara, que tendía que dar el significado jurídico de las apreciaciones.

Osorio no se cerró a las críticas del Fiscal General ni del presidente.

“Lo que dice el Fiscal General tiene tanto significado como lo que dijo la honorable jueza como también lo es la opinión que dio el Presidente de la República”.

El funcionario le dio también el beneficio de la duda al interés del Fiscal de que “se cumpla la justicia penal como es su tarea”.

Sobre lo que el presidente Mauricio Funes dijo de que la jueza no estaba en capacidad de determinar o examinar el trabajo que ha hecho la Fiscalía General de la República, Osorio puntualizó que el Ministerio Público se encarga de investigar, recoger evidencias, ordenarla, prepararla y respaldarla con un alegato convincente y persuasivo; y presentarlo a un tribunal.

Entre tanto, el trabajo de los jueces es revisar que el Fiscal haya hecho la investigación correcta, respetuosa de los derechos de audiencia, que le haya permitido a las partes (defensores e imputados) controvertir los hechos, esa es la calificación que le hace el juez al fiscal.

“La capacidad en términos legales consiste que el juez conoce lo que el fiscal le presenta. Si el fiscal le presenta un caso sin prueba, el juez no puede resolver sin prueba”, explicó.

Por su parte la jueza Segunda de Paz, quien prefirió no identificarse, puntualizó que las calificaciones de los delitos son temporales; ni la Fiscalía ni los jueces tienen la última palabra en estos casos.

“Para eso, el proceso tiene tres etapas y es en la última o Sentencia, que se determinará si los hechos quedan calificados como los presentó el Ministerio Público o si hay una recalificación”, afirmó la jueza.

Pero inicialmente, la jueza después del análisis de los hechos dijo que hay crisis en la Fiscalía para calificar los hechos, ella está en su derecho de decirlo porque la Ley lo faculta.

Hay independencia para que los jueces puedan hacer los análisis de los delitos penales y demás leyes que tienen que ver con un caso para resolver.

La Jueza 2a. de Paz dijo que si su colega halló que la Fiscalía estaba en crisis en cuanto a la calificación de los delitos, está en su derecho porque la Ley la faculta para ello.

“Puede que esté en lo correcto o en lo incorrecta su apreciación, el señor Fiscal General cayó en lo que caen todos los fiscales, se enamora de su caso y no hay un abogado que venga a decirle a su cliente, yo presenté mal las cosas o estaba equivocado”, explicó.

Esa situación, dijo Arévalo Ortuño, le parece cuestionable al señor Fiscal General.

“Venir con críticas un tanto personalizadas me parece mal”.

En el caso del Presidente de la República es más criticable sus afirmaciones, “porque el nunca ha visto el expediente, tiene conocimiento o le han contado porque ningún abogado en su sano juicio podría opinar si el contenido de un expediente es correcto o no, sin verlo”.