Instituto de Acceso a la Información multaría a directiva legislativa

Cuantía de la multa la haría a través de la notificación que le haría a más tardar hoy

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La directiva de la Asamblea representada por Sigfrido Reyes determinó negar informar al IAIP sobre salarios y nombres de los asesores que ha contratado. foto edh / archivo

Por Mirella Cáceres politica@eldiariodehoy.com

2013-09-02 7:00:00

El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) notificaría hoy a la directiva de la Asamblea su resolución con la multa establecida ante su reiterada negativa de entregarle información sobre la planilla de sus asesores institucionales como los contratados por cada grupo parlamentario.

“Precisamente, es el objeto de nuestra resolución del día de mañana (hoy)”, fue la respuesta de Jaime Campos, comisionado del Instituto, al preguntársele si esa resolución implica sanciones.

Campos dice que la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) les faculta para multar a los funcionarios públicos infractores y estas van desde ocho hasta 40 salarios mínimos, según el grado de la falta.

La decisión viene luego de que Sigfrido Reyes, presidente del Congreso, firmara un escrito dirigido al Instituto en el que argumenta que no puede entregarle información de nombres y rangos salariales de los asesores que se han contratado a nivel institucional como de fracciones legislativas por ser “confidencial”.

El Instituto le aclaró que esa información solicitada no es para divulgarla ni entregarla al ciudadano que la solicitó inicialmente y le fue negada, sino para analizarla y a partir de allí determinar si es el Congreso o el ciudadano el que tiene la razón en este caso.

Pero Reyes volvió a negar los datos y ante eso el IAIP se pronunciará y notificará hoy, dijo Campos. “Sería la resolución como consecuencia del último escrito que presentó el presidente de la Asamblea, donde el Instituto se pronuncia sobre los efectos de la negativa reiterada de entregar información”, afirmó.

Reyes reiteró en la convención de su partido en el Cifco el domingo que esa información es confidencial y que en todo caso irá a la Sala de lo Contencioso Administrativo para que dirima en el caso.

Pero Campos recordó que la ley establece dos cosas: cuándo una información puede catalogarse como confidencial y que el Instituto es el que en última instancia, en caso de discrepancia entre un particular y un ente obligado, es quien determina la naturaleza de una información.

Proceso no termina

“Cualquier discrepancia entre un ciudadano y un ente obligado, al final quien resuelve es el IAIP, y justamente el alcance y naturaleza de la información va a ser objeto de nuestra resolución definitiva”, afirma Campos.

El comisionado también explicó que la notificación que hagan ahora a la Asamblea solo es parte del proceso, pues ya han determinado el 13 de septiembre para celebrar la audiencia oral entre el representante del Órgano Legislativo y el ciudadano que con su recurso de apelación ante el IAIP motivó este caso.

Tres días hábiles después de esa audiencia, emitirán la resolución definitiva que contendrá la decisión y argumentación de quién tiene la razón.

La LAIP establece en el artículo 10, numeral 6 que todo ente público debe publicar el listado de asesores y sus respectivas funciones. Y en el numeral 7, y sin hacer distinción, también obliga a publicar la remuneración mensual por cargo presupuestario, incluyendo las categorías salariales según la ley de salarios y por contrato, dietas y gastos de representación.