Manejar tras consumir alcohol puede llevarte a prisión ¿cuál es la pena?
Los controles vehiculares pueden incluir pruebas de alcoholemia que constituyen prueba en flagrancia para determinar la conducción peligrosa.
El Código Penal contempla distintas conductas dentro de la conducción peligrosa de vehículos automotores y establece sanciones para quienes incurran en estos casos.
El artículo 147-E incluye disputar la vía entre vehículos o realizar competencias de velocidad en la vía pública sin previo permiso de la autoridad competente.
También establece "conducción peligrosa, el manejar un vehículo de motor habiendo consumido bebidas alcohólicas, drogas o cualquier tipo de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o psicoactivas”.
¿Cuál es la pena por conducción peligrosa?
El artículo 147-E establece que quien mediante conducción peligrosa de un vehículo de motor transgreda las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas, será sancionado con una pena de prisión de dos a cinco años.
Cuando se trate de conducción peligrosa de vehículos de transporte público de pasajeros o de carga, la pena será de cinco a diez años de prisión.

¿Qué establece sobre las pruebas de alcoholemia?
Sobre las pruebas efectuadas por la autoridad competente en los puntos de control vehicular, el artículo establece:
“Las pruebas de alcoholemia en aire espirado o en sangre, y en general las toxicológicas para el análisis de fluidos biológicos, que sean efectuadas por la autoridad competente, en los puntos de control vehicular, constituirán prueba suficiente en flagrancia para determinar la conducción peligrosa”.
