¿Cuánto y quiénes deben pagar el aguinaldo de la cuota alimenticia en 2026? Esto dice la PGR
La PGR estableció las reglas para el pago adicional de la cuota alimenticia por aguinaldo en 2026. El monto no es igual para todos. Te contamos los detalles
Con la llegada de los últimos meses del año también se acerca una obligación para quienes pagan cuota alimenticia en El Salvador: el pago adicional en concepto de aguinaldo.
La Procuraduría General de la República (PGR) publicó el edicto correspondiente a 2026, en el que explica quiénes están obligados a realizar este pago, cuánto deben entregar y cuál es el plazo para cumplir.
Una de las principales dudas es cuánto corresponde pagar. La respuesta depende de si la persona obligada recibe un salario o no.
¿Cuánto deben pagar las personas asalariadas?
De acuerdo con la PGR, las personas asalariadas obligadas al pago de una cuota alimenticia deben entregar una cantidad equivalente al 30 % de la compensación económica o aguinaldo que reciban.

La disposición también incluye a las personas asalariadas que hacen efectiva la cuota alimenticia mediante entrega o depósito personal.
Por ejemplo, si una persona recibe $500 en concepto de aguinaldo, el 30 % corresponde a $150. Si recibe $1,000, el monto sería de $300.
¿Y cuánto pagan las personas no asalariadas?
Para quienes no reciben un salario, el cálculo cambia. La PGR establece que las personas no asalariadas deberán pagar una cuota adicional equivalente al monto de la cuota alimenticia establecida a favor de sus hijos e hijas.
Es decir, una persona que tenga fijada una cuota alimenticia de $150 deberá realizar un pago adicional de $150. Si la cuota establecida es de $250, deberá pagar otros $250.
¿Hasta cuándo se puede pagar?
El período establecido para estos pagos adicionales comprende del 1 de octubre al 20 de diciembre de 2026. La Procuraduría recordó que el incumplimiento de estas obligaciones puede generar responsabilidades legales contempladas en el Código de Familia y el Código Penal.
Para atender a las personas que deben realizar estos trámites, las Unidades de Control de Fondos de Terceros de la PGR tendrán horarios ampliados.
Las colecturías y pagadurías atenderán a escala nacional de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., sin cerrar al mediodía. También abrirán algunos sábados. Las fechas anunciadas son el 31 de octubre, 28 de noviembre, 12 de diciembre y 19 de diciembre, en horario de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía.
Para solicitar información, la PGR puso a disposición los teléfonos 2231-9483 y 2231-9479. También se podrá consultar mediante el Centro de Atención Virtual (CAVAL), al teléfono 2231-9484, y a través del WhatsApp institucional 7607-9013.
El edicto fue firmado por el procurador general de la República, René Escobar Álvarez, y fechado el 30 de septiembre.

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