¿Está prohibido que los talleres reparen vehículos en la calle o en la acera?
Operativos recientes dejaron sanciones por falta de licencia, ocupación indebida y daños en zonas verdes, mientras las autoridades municipales atienden denuncias ciudadanas.
La Alcaldía de Santa Ana realizó verificaciones en talleres mecánicos tras recibir denuncias ciudadanas relacionadas con la ocupación de espacios públicos.
Las intervenciones se desarrollaron en sectores donde se reportaron actividades que afectan la circulación peatonal y vehicular. La municipalidad también informó sobre acciones para recuperar estos espacios y garantizar su uso adecuado.
Verifican talleres en carretera de Santa Ana a Chalchuapa
La Alcaldía de Santa Ana informó el 5 de noviembre que personal de la Delegación Contravencional y del Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) se trasladó al cantón Comecayo, a la altura de la carretera que conduce de Santa Ana a Chalchuapa.
Durante la intervención, las autoridades municipales verificaron denuncias ciudadanas relacionadas con talleres que producen contaminación y obstrucción en la vía pública.

Según la alcaldía, estas acciones buscan liberar espacios, brindar seguridad a los peatones y garantizar el uso adecuado de las vías.

También verificaron talleres y vehículos abandonados en San Salvador Centro
Este 6 de noviembre, agentes del Cuerpo de Agentes Municipales (CAM) de San Salvador Centro realizaron un operativo de verificación de talleres en el reparto Universitario, colonia Zacamil, distrito de Mejicanos.
De acuerdo con Prensa San Salvador Centro, durante la intervención se aplicaron tres sanciones por operar sin licencia, obstruir espacios públicos y deteriorar zonas verdes.
La municipalidad informó que el operativo forma parte del Plan San Salvador Centro Ordenado y Seguro, impulsado por el alcalde Mario Durán, que contempla acciones para recuperar espacios públicos y mantener el orden en los cinco distritos del municipio.

¿Qué multas establece la ordenanza de San Salvador Centro?
En San Salvador Centro, el artículo 50 de la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana establece multas de $51 a $900 para quienes, sin estar amparados en un derecho o garantía constitucional, impidan o dificulten la libre circulación en vías o espacios públicos.
La disposición comprende la circulación de peatones, bicicletas, escúteres, vehículos y otros medios de transporte que promuevan la movilidad sostenible.

También contempla la colocación de obstáculos y el uso de vías o espacios públicos como estacionamientos privados, incluidas las ciclovías.
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