Sentencia sobre el impuesto a la telefonía… no hay todavía

Ese impuesto a la telefonía es el tributo que durante la última campaña presidencial, todos los candidatos y todos los partidos políticos prometieron que derogarían…pero la realidad es que de eso nada

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Foto EDH/ Mauricio Cáceres

Por Enrique Anaya

2019-11-05 9:18:17

PUESIESQUE…aunque algunos me han sugerido que deje tranquilo al tribunal, en este tema seré excepcionalmente desobediente, así que sigo compartiendo reflexiones sobre la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SCn/CSJ) en la que declaró que no existe inconstitucionalidad en la Ley de Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes para el Plan de Seguridad Ciudadana (LECEG). Se trata, de modo relevante, de un evidente caso de jurisprudencia patológica.
Y es que para analizar cabalmente una decisión judicial es necesario tomar en cuenta el contexto, la coyuntura y los temas relacionados, lo que en este caso nos conduce a relacionar dicha sentencia con un proceso que la SCn/CSJ tiene pendiente desde hace prácticamente 4 años: la inconstitucionalidad de la contribución especial para la seguridad ciudadana y convivencia (CESCC).
Para que nos ubiquemos, con ese pretencioso nombre de CESCC nos referimos a lo que popularmente se conoce como impuesto a la telefonía, es decir, el 5% que se adiciona —amén del 13% del IVA— al precio por la compra de bienes y servicios relativos a telecomunicaciones, como telefonía —tanto móvil como fija—, televisión por suscripción y acceso a internet.
Pues les cuento: desde noviembre de 2015 existen 5 demandas de inconstitucionalidad contra ese tributo, admitidas todas desde hace más de un año y acumuladas en un solo proceso; sin embargo, la SCn/CSJ guarda extraño silencio y no emite sentencia. Ya casi acaba el plazo de vigencia de dicha exacción tributaria, que es de 5 años, pero seguimos sin conocer decisión de la SCn/CSJ.
Lo interesante del caso es que si la SCn/CSJ ya dijo que la LECEG es una contribución especial que pagan los grandes contribuyentes, pues ello les genera beneficios o ventajas especiales de naturaleza económica, la única opción razonable que le queda al tribunal para evitar incurrir en contradicción, es asegurar que el “impuesto a la telefonía” es también una contribución especial: así que la SCn/CSJ nos dirá que los millones de salvadoreños que pagamos el 5% adicional cada vez que compramos un equipo o nos prestan un servicio de telecomunicaciones, recibimos por ello beneficios o ventajas especiales de naturaleza económica. ¡Guau!
Les confieso que muero de ansiedad académica por conocer cuáles son esos beneficios o ventajas especiales que del Estado recibimos los salvadoreños por pagar el “impuesto a la telefonía”: quizá cuesta encontrar esos beneficios o ventajas, que además según la SCn/CSJ son especiales, así que posiblemente por ello el tribunal está tardando más de cuatro años en dictar sentencia.
Y todavía más: ¿no llama la atención que la SCn/CSJ hizo pública la sentencia sobre la contribución especial a cargo de grandes contribuyentes casi al mismo tiempo que se envió el proyecto de presupuesto a la Asamblea Legislativa?… ¿será casualidad que la SCn/CSJ emita sentencia respecto de una demanda que admitió en enero de este año (la LECEG), pero sigue guardando silencio sobre el impuesto de telefonía, a pesar de que hay demandas admitidas desde mayo de 2018?
P.D.: por cierto, ese impuesto a la telefonía es el tributo que durante la última campaña presidencial, todos los candidatos y todos los partidos políticos prometieron que derogarían…pero la realidad es que de eso nada: el Ministerio de Hacienda asume que dicho impuesto no solo continuará en 2020, sino que se prorrogará por varios años más. Así que, ni modo, otra promesa de campaña que la actual administración presidencial incumple. Y es que como decía mi abuelita, en esto de la administración pública, no es lo mismo verla venir que tenerla enfrente.

Abogado constitucionalista