Buenas noticias para trámites de residencia

El pasado 24 de febrero el presidente Joe Biden revocó la referida proclamación hecha por su predecesor, por lo que ahora ya no hay impedimento para que los casos de residencia permanente por petición familiar (los procesos de mayor demanda) continúen su curso.

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Por Sandra Guevara

2021-03-04 4:53:25

Recientemente, en lo que a procesos de inmigración se refiere, hemos escuchado con bastante frecuencia que por “la Proclamación Presidencial” los procesos están suspendidos, que “por la proclamación” nos dijeron que no nos podían expedir una visa, que se había ampliado la “proclamación” o lo más reciente, que ésta había sido suspendida. Pero, ¿de qué estamos hablando concretamente?
Dicho de la manera más simple, una Proclamación Presidencial (PP) es una declaración que hace el Presidente de los Estados Unidos y que es de obligatorio cumplimiento. Estos documentos forman parte de las “Presidential Actions”, como los memorandos y las Órdenes o Decretos Ejecutivos.
Me referiré concretamente a la Proclamación Presidencial 10014 hecha por el expresidente Donald Trump denominada “Proclamación que suspende la entrada de inmigrantes que presentan riesgo al mercado laboral de los Estados Unidos durante la recuperación económica, luego del brote del COVID-19” en la que se suspendía buena parte de la inmigración legal.
Esta hace referencia a la suspensión de ingreso a clasificaciones de visas de inmigrantes y de no inmigrantes (para solicitantes que debían presentarse a una embajada para obtener su visado, no para aquellos que estaban dentro de EE.UU.), bajo el precepto de que representan un riesgo para el mercado laboral de los Estados Unidos, luego del coronavirus, en el sentido que con su ingreso pudiesen quitar puestos de trabajo a los residentes o ciudadanos estadounidenses radicados en ese país, mientras está en su proceso de recuperación económica..
La Proclamación Presidencial 10044 entró en vigor el 24 de abril del 2020 y era por 60 días, es decir, expiraba el 23 de junio, pero el 22 de junio se dio una segunda Proclamación Presidencial con básicamente el mismo efecto, que llegaría al 31 de diciembre del mismo año. Pero luego, el Presidente Trump, a inicios de enero de este año, decidió extenderla hasta el 31 de marzo de 2021.
El impacto fue duro para quienes han aguardado por años con mucha esperanza por sus procesos migratorios, porque no se estaban dando citas para entrevista final de caso en la Embajada de EEUU en el país, y la plataforma electrónica del Centro Nacional de Visas (NVC) le hacía saber a muchos solicitantes que no podían remitir su caso a la Embajada, enviarle una cita, o incluso activarle el caso dada la disposición.
Ahora viene la buena noticia, y es que el pasado 24 de febrero el presidente Joe Biden revocó la referida proclamación hecha por su predecesor, por lo que ahora ya no hay impedimento para que los casos de residencia permanente por petición familiar (los procesos de mayor demanda) continúen su curso.
De hecho, el Centro Nacional de Visas dijo que retomarán de forma gradual todos los casos que se encontraban en pausa. Importante aclarar que la disposición no afectó el iniciar o avanzar un proceso de petición familiar, por ejemplo, afectó principalmente las citas finales de los mismos.
Cabe señalar que la Proclamación Presidencial 10059 que prohíbe el ingreso a solicitantes –por las mismas causas- de visados de no inmigrante tipo H1B, H2B, L1 (todas de trabajo) y J-1 (de intercambio) así como sus derivados (familiares acompañantes) sigue vigente. Sin embargo, el grueso de nuestra gente se halla en los casos de petición familiar, y esa restricción ya fue revocada, así que tome desde ya cartas en el asunto y reactive sus casos a la brevedad posible; eso sí, tenga paciencia porque el proceso de reactivación será gradual, pero ya está sabedor.

Directora de COIMSAL Asesoría Migratoria

www.asesoriamigratoriacoimsal.com