Funcionarios públicos y prensa

En el momento que vive el país sigue siendo necesario reflexionar sobre la importancia de que una sociedad que se precie democrática sea congruente con la exposición que por su naturaleza ejercen los funcionarios públicos.

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Foto EDH/Archivo

Por Carlos Domínguez

2019-05-12 9:30:14

En nombre de la democracia se dicen muchas cosas, así como en nombre de la Patria, lo que se extiende para las sociedades; algunas son válidas, otras no. En el momento que vive el país sigue siendo necesario reflexionar sobre la importancia de que una sociedad que se precie democrática sea congruente con la exposición que por su naturaleza ejercen los funcionarios públicos.

Es así porque éstos deben estar más expuestos al escrutinio y la crítica del público. Es un umbral diferente consecuencia de que se han expuesto por su propia voluntad a un escrutinio más riguroso y porque sus actividades, actuaciones u omisiones salen de la esfera privada y se exponen al debate público.
Tampoco es luz verde en modo alguno para asegurar que el honor del funcionario público está desprotegido jurídicamente.

No se debe entender como un asunto personal, no. La dimensión es determinada por el interés público de los actos que realiza; incluso existe una figura delictiva llamada actos arbitrarios. El interés legítimo es que la sociedad se mantenga informada y que conozca lo que incide sobre el funcionamiento del Estado, y que afecte derechos o provoque consecuencias.

En septiembre de 2012, el penal de Izalco se convirtió en el escenario de la que se dio en llamar “porno-fiesta”. Las preguntas al respecto fueron catalogadas como morbosas y se dijo que buscaban desestabilizar al gobierno.
Eso mismo se dijo cuando el entonces presidente Armando Calderón Sol descartó un golpe de Estado en su contra. En la sentencia del 24-IX-2010, Inc. 91-2007, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia estableció que ha definido en amplia jurisprudencia que en su formulación más sencilla y clara la libertad de expresión es el derecho de toda persona a emitir, sin interferencia indebida del Estado o de los particulares, ideas, opiniones y juicios, ya sea de palabra, por escrito o a través de cualquier otro medio.

En primer lugar, la libertad de expresión tiene por objeto básicamente opiniones, o sea, las manifestaciones de un individuo, fruto de un proceso intelectivo consistente en la percepción a través de los sentidos de ciertos hechos, a lo que sigue una deliberación interna, para culminar en una valoración racional de los hechos. En segundo lugar, la libertad de expresión implica el derecho de investigar o buscar, recibir (derecho de acceso a la información de interés público) y difundir ideas, opiniones e informaciones de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro medio o procedimiento.

La Constitución establece que el sistema de gobierno es republicano. Uno de sus elementos es, precisamente, la sujeción de los funcionarios públicos a la valoración y a la crítica, tanto de la prensa como de la ciudadanía. No son ataques, emboscadas, intentos de desestabilización. Desde el periodismo, hacer lo contrario, es equivalente al aplauso permanente, a la reproducción de declaraciones, sin profundizar. Es cualquier cosa, menos periodismo, al no incluir tres verbos importantes: investigar, develar, interpelar. O acaso, ¿esta sería la “buena prensa”?

Periodista