Funcionarios ad honorem: “No sólo de pan vive el hombre”

Los nombramientos ad honorem deben ser excepcionales, ya que se puede caer en la peligrosa situación que solamente se nombren a personas que puedan darse el lujo de no cobrar un salario, por lo que existe un riesgo de satanizar los salarios competitivos y atractivos. Si queremos mejores funcionarios, debemos tener mejores incentivos que la empresa privada, así de simple.

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Por Herman Duarte

2019-09-12 6:45:37

En muchos casos, los nombramientos ad honorem (“ad honores” les dicen algunos) constituyen una suerte de galardón a una persona, pues se le reconoce como experta en una materia, lo cual, además de contar con el apoyo de un experto, le brinda prestigio a la institución, creando una suerte de padrinazgo. Mientras que, en otras ocasiones, nos topamos con una persona que, sin tener credenciales o sin ser experto, se justifica el nombramiento con decir que va resultar “gratis” (ad honorem), ya que el funcionario no cobrará la contraprestación salarial por los servicios brindados, abriendo el paso para supuestos filántropos bien intencionados. Pero, ¡cuidado!, por cuanto el infierno está lleno de buenas intenciones, y el cielo, de buenas obras.

¿Será cierto que los funcionarios “ad honorem” actúan por puro desinterés? Es casi imposible entrar a dilucidar las subjetividades que motivan a las personas, pues son tan variadas que van desde el afán de figurar, la necesidad de validación, la sed de poder, la reivindicación de una dignidad hecha un lado, o bien el compromiso de servir… ¿quién sabe’… Pero lo que sí es relevante es tener claridad sobre el estado patrimonial de una persona políticamente expuesta al momento de tomar posesión en un cargo público y monitorear su patrimonio año por año. Basta con revisar los titulares relacionados de políticos investigados en la Sección de Probidad de la Corte Suprema de Justicia para concluir que hay casos en que funcionarios públicos han utilizado sus cargos para incrementar su patrimonio.

Si un funcionario ejerce un trabajo que le demandará el ciento por ciento de su tiempo disponible (y si no le dedica el ciento por ciento es mejor que no sea funcionario público), lo cual le impedirá tener un trabajo paralelo, vale la pena preguntarse: ¿De dónde obtendrá fondos un político que trabaja “ad honorem”? ¿Es accionista de empresas? ¿Los papás le dan una mesada? ¿Se ganó la lotería? ¿Su pareja sentimental le mantendrá? ¿Es millonario? Son preguntas que, más que graciosas, son válidas, pues es importante tener claro cómo subsistirán y pagarán sus estilos de vida.

No podemos olvidar que, en El Salvador, se han visto casos de “éxito”, donde ex-funcionarios públicos han evolucionado de asalariados con deudas a magnates coleccionista de vehículos de lujo, armas de guerra y propiedades.

Además, ¿hasta qué extensión es el “ad honorem”? ¿Renuncia a su servicio de guardaespaldas? ¿De viáticos para los viajes? ¿De transportes? ¿Aplica para el aguinaldo? ¿O es solo para los 3-5 mil dólares de salario? Dice el dicho que “tu mano derecha no sepa lo que hace la izquierda”, pero si se van a vanagloriar, dándose golpes en el pecho de que son una suerte de Teresa de Calcuta o Gandhi reencarnados por no cobrar un salario, deberían rendir las cuentas de forma completa, lo cual necesariamente implica una apertura transparente y pública de sus fuentes de ingreso alternas.

Los nombramientos ad honorem deben ser excepcionales, ya que se puede caer en la peligrosa situación que solamente se nombren a personas que puedan darse el lujo de no cobrar un salario, por lo que existe un riesgo de satanizar los salarios competitivos y atractivos. Si queremos mejores funcionarios, debemos tener mejores incentivos que la empresa privada, así de simple.

En este sentido, debemos mantenernos alerta con los “cantos de sirenas” detrás de un anuncio de un funcionario “ad honorem”, pues cabe preguntarse: ¿qué fin persigue con el cargo? ¿Qué estilo de vida tiene? ¿Cómo podrá pagarlo?

Autor y Abogado (SV & CR). Fundador de HDuarte Legål y Fundación Igualitxs. Oficial del Comité de Derechos Humanos de la International Bar Association. Fiscal de la Asociación Rule of Law de Costa Rica