Una orden de dudosa legalidad

,

descripción de la imagen
Roger Espinoza, jugador del Sporting Kansas City de la MLS. Foto EDH / Twitter @MLS

Por Arnau Baulenas

2020-03-04 4:44:26

A los líderes autoritarios el respeto a la ley no les preocupa mucho. Más bien la ley le sirve a su conveniencia; cuando ante una situación le es favorable, la aplican, cuando es contrario a su interés político, se puede interpretar o incluso irrespetar.

Así las cosas, en la noche del lunes 2 de marzo, el presidente de la República ordenó al director de centros penales que decretara emergencia máxima: encierro total en todos los centros penales del país, sin visitas, sin un rayo de sol. Todos incomunicados en sus celdas, hasta nueva orden.

La figura de emergencia máxima que cita el presidente, técnicamente según la Ley Penitenciaria es estado de emergencia, y quien tiene la facultad legal para declarar esta situación son los directores de los centros penitenciarios, siempre por un periodo de tiempo determinado -el cual no puede ser superior a quince días-, y solo en cuatro supuestos muy concretos y referidos a la situación particular de un sector o centro penal.

Adoptada esta decisión, la Dirección General de Centros Penales en un plazo no superior a 12 horas la debe revocar o confirmar. Si la confirma de inmediato debe comunicarla a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, a la Fiscalía y al Juez de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena competente; este último tiene la facultad de confirmarla, modificarla o revocarla.

Curiosamente, la orden que dio el presidente no cumple con ninguno de los requisitos legales, empezando porque él no está autorizado por la Ley Penitenciaria para dar esta orden; se decreta por un plazo indeterminado; y en ningún caso se ha hecho un análisis individual de cada uno de los sectores o centros penales para justificar que la situación amerita una medida tan gravosa como es el encierro total.

Pero más allá de ser una orden de dudosa legalidad por apartarse del proceso legalmente establecido, es una paradoja que el mismo presidente que hace unos días afirmaba con total rotundidad que vetaba la Ley de Reconciliación y Justicia Transicional alegando que las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos consideraban que no cumplía con los estándares internacionales, hoy no le importa que estas instituciones supranacionales que velan por los derechos humanos se hayan pronunciado en contra de los encierros totales.

Tenemos un sistema penitenciario con una tasa de hacinamiento muy alta, y estas medidas, además de injustas por ser generalizadas, provocan una afectación directa a derechos fundamentales como son la vida, la integridad personal, la salud o la alimentación.

El mundo de las contradicciones es muy perverso. No se explica que el gabinete de seguridad esté presumiendo de forma sistemática de que no hay comunicación entre los centros penales y el exterior, y al mismo tiempo, el presidente de la República, ante un asesinato absolutamente repudiable, condenable y cobarde a un miembro de la Fuerza Armada, responda ordenando un encierro total, atribuyendo que la orden salió del interior de un centro penal.

Otra paradoja de la orden del presidente sería que de forma indirecta se estaría perjudicando a las víctimas y beneficiando a los victimarios. Si fruto de la orden, tampoco se permite que las personas privadas de libertad salgan para estar presentes en las audiencias de vista pública o no permiten que se realicen por videoconferencia, el plazo de detención provisional vencerá, y los jueces ope legis deberán poner en libertad a estas personas.

Y es que después de más de 12 horas de haberse dado la orden por parte del presidente, y haberse acatado de forma incondicional por parte del director de centros penales, esta no ha llegado al sistema judicial. De seguro que tarde o temprano llegará, y esperemos que los jueces de vigilancia penitenciaria sean garantes de los principios y derechos fundamentales de cualquier persona privada de libertad, más cuando la orden afecta también a personas inocentes -por no haber sido vencidas en juicio- quienes se encuentran en situación de detención provisional.

Finalmente, de seguro que el equipo de troles que de una forma muy profesional trabajan formal o informalmente para el presidente no compartirán este artículo bajo el viejo dogma que defender la legalidad y los derechos humanos es proteger a los delincuentes.

Es perder el tiempo entrar a refutar eso; los líderes democráticos y progresistas no avalan ni suscriben esta afirmación. Todo lo contrario, son capaces de asegurar la paz y la convivencia social, sin aplicar políticas restrictivas y atentatorias en contra de los derechos de las personas privadas de libertad. De hecho, si el único argumento por parte del Gobierno es este, una vez más quedará corroborado que la nueva política es repetir las mismas falacias de aquellos que algunos catalogan como los mismos de siempre.

*Coordinador Equipo de Procesos de Justicia del Idhuca.