El trabajo de la Sala impacta, no solo se “siente”

Todas las instituciones públicas deben estar sujetas al escrutinio ciudadano. La Sala de lo Constitucional no es la excepción. Esta realiza un trabajo de tal trascendencia que es natural que muchos queramos ver sus resoluciones de manera inmediata. Pero dicha institución, como muchas otras, se enfrenta a retos diarios propias de sus competencias, que muchas veces injustamente las tildamos de pasividad o desidia

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Por Erika Saldaña

2020-05-18 5:30:26

Las instituciones públicas y sus funcionarios están sujetos al control ciudadano, cuya finalidad debe ser el intercambio de opiniones y argumentos que ayuden a mejorar el trabajo de las mismas. Pero estas críticas deben hacerse en la justa medida, con base en datos y no en percepciones. El hecho de que una persona “sienta” que una institución como la Sala de lo Constitucional “no hace nada” no significa que sea cierto.

Primero hay que tener claro que la Sala de lo Constitucional no solo conoce y resuelve los asuntos que se ponen en la palestra pública y que salen en las noticias. Dicha institución también recibe las demandas de amparo de cualquier ciudadano que considere que se ha vulnerado algún derecho constitucional; demandas de hábeas corpus de las personas privadas de libertad. Demandas de inconstitucionalidad cuando un ciudadano considera que una norma viola la Constitución. Controversias suscitadas entre el Legislativo y el Ejecutivo en el proceso de formación de ley. En promedio, en los últimos años la Sala de lo Constitucional ha recibido entre 1,200 y 1,300 demandas al año, a lo que hay que sumar la mora heredada desde hace más de una década.

En el contexto de la pandemia por COVID-19, entre el 13 de marzo y el 13 de mayo, la Sala de lo Constitucional recibió 47 demandas de amparo, 270 hábeas corpus, 38 inconstitucionalidades y 3 controversias. Demandas de diversa complejidad como las referentes a las personas detenidas en los centros de cuarentena, las de los salvadoreños varados en el exterior, por mencionar algunas. Todas las peticiones deben ser contestadas para garantizar el derecho de acceso a la justicia de los peticionarios; además, para cada demandante su petición es la más importante y está en su derecho de ser escuchado. Todas las demandas importan.

Segundo, también hay que tener en consideración que el simple hecho de ir a presentar una demanda ante la Sala de lo Constitucional no significa que esta automáticamente deba ser admitida. El control de constitucionalidad se trata de una cuestión técnica que debe cumplir ciertos requisitos para considerar que la demanda está bien planteada y deba admitirse a trámite su proceso. Y quien se tome el tiempo de leer las resoluciones de dicha Sala, sabrá que no se trata de un simple escrito, sino de una justificación técnica jurídica que por qué una petición es admisible o no. Además, no se trata de un solo pronunciamiento, sino que en cada proceso hay entre dos y cinco actos para que el asunto llegue a la etapa de sentencia.

Tercero, la Sala de lo Constitucional se encuentra trabajando con una Ley de Procedimientos Constitucionales que data de 1961, la cual se ha quedado corta a la realidad normada. Estos momentos extraordinarios deben servir de base para iniciar la discusión sobre la necesidad de una Ley Procesal Constitucional actual acorde a la realidad y al desarrollo de los procesos constitucionales. Hay que considerar la regulación de procedimientos expeditos para situaciones excepcionales (como la pandemia), el trámite simplificado cuando el objeto impugnado es una medida de carácter transitorio, las medidas cautelares que deberían adoptarse, el cumplimiento forzoso de las resoluciones, etc.
Todas las instituciones públicas deben estar sujetas al escrutinio ciudadano. La Sala de lo Constitucional no es la excepción. Esta realiza un trabajo de tal trascendencia que es natural que muchos queramos ver sus resoluciones de manera inmediata. Pero dicha institución, como muchas otras, se enfrenta a retos diarios propias de sus competencias, que muchas veces injustamente las tildamos de pasividad o desidia, algunos llegando a insinuar intereses oscuros. Las cosas hay que analizarlas en su justa medida.

Abogada.