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El teatro negro del CNJ

¿Por qué el CNJ decidió violar la Constitución, la ley y la jurisprudencia? ¿Quién le ordenó al CNJ que actuara con opacidad y secretismo? ¿Por qué se produjo este retroceso -y otros más- en el proceso de elección de candidatos a magistrados de la CSJ?

Por Enrique Anaya
Abogado constitucionalista

JUELA…como país sí que vamos en picada en el deterioro institucional, tanto en la capacidad de los integrantes de los entes estatales como en la ejecución de los procesos y, para ejemplo de ello, la reciente puesta en escena de teatro negro que hizo el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), en el proceso de selección de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Digo teatro negro porque el CNJ montó lo que parece un espectáculo de sombras, haciendo la farsa que se trataba de un proceso público, transparente y técnico, pero en realidad solo fue un timo, que por momentos parecía el show de Miss Universo y, en otros,  en razón de algunas preguntas de los consejeros y peores respuestas de los postulantes, asemejaba un espectáculo chocarrero que insultaba la inteligencia humana.

No bromeo cuando comparo la puesta en escena del CNJ con Miss Universo durante el desarrollo de las mal llamadas entrevistas a postulantes, pues hay varias coincidencias; por ejemplo:

  • La presencia de un maestro de ceremonia, que en el caso del CNJ es quien ocupa la presidencia de tal institución, ya que el licenciado se dedicaba únicamente -siempre con las mismas palabras- a dar la bienvenida a los postulantes (y decía algo así como: “bienvenido a este SU pleno del CNJ..ja,ja,ja); a explicar la metodología; a pedir que llevaran unos sobres al postulante y luego, a modo de concurso de televisión, terminaba diciendo, con entonación de emoción: “y su tiempo empieza…en este momento” (me moría de la risa cada vez que escuchaba ese tono).
  • Al postulante, una señorita -caminando muy despacio- les llevaba unos sobres contentivos de una hoja con preguntas “secretas”, para que aquél seleccionara un sobre; y, después, la señorita entregaba el sobre a un joven, para que este lo llevara al consejero que leería las preguntas (solo ahí se nota el exceso de personal en el CNJ).
  • Las preguntas eran al modo de “¿por qué el agua moja?”, ya que se referían a temas genéricos, muy básicos y, mayoritariamente sobre aspectos propios del derecho constitucional o procesal constitucional, a pesar de que ninguno de los postulantes expresó ser especialista en dicho campo jurídico (no sé quién hizo las preguntas, pero se nota que los consejeros no son los autores, porque algunos, ni leer las preguntas podían).
  • Algunas respuestas eran al modo de “yo quiero la paz mundial”, como cuando un postulante dijo que el modelo de justicia constitucional en El Salvador es “cambiante”; o cuando una postulante dijo ser autora o coautora de 105 libros; o cuando una postulante contestó que constitucionalismo es “aplicar la Constitución”.

Pero bueno, si el proceso de “entrevistas” ya era un espectáculo de mal gusto, que se reconocía como montaje, el CNJ terminó de triste labor VIOLANDO, de modo flagrante, la Constitución, la ley y la jurisprudencia constitucional, pues no efectuó el proceso de deliberación pública y decisión motivada sobre la selección de candidatos, es decir, cómo pasó de aproximadamente 50 preseleccionados a 15 candidatos.

Al respecto, basta recordar lo que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SCn/CSJ), cuando el país tenía “tribunal constitucional”, dispuso en sentencia del 8 de abril de 2015, en el proceso de inconstitucionalidad número 94-2014:

“De  acuerdo  con  lo  expresado,  la  deliberación  del  Pleno  del  CNJ  debe  desarrollarse  con transparencia   y   publicidad,   lo   cual   permite   tener   acceso   a   la   información   y   argumentos esgrimidos por los Consejales durante la deliberación y se conocen los pormenores que preceden a  la  conformación  del  listado  definitivo  de  candidatos.

La  publicidad  permite  a  la  ciudadanía conocer las razones que podrían explicar y justificar el sentido de la votación. Con esta apertura puede saberse por qué prevaleció un candidato con respecto a otro y, por tanto, si las razones -que  tendrían  que  basarse  en  el  mérito,  idoneidad  y  aptitud— que  se  hacen  públicas  y  cuya pretensión   es   justificar   la   selección   de   un   candidato,   se   corresponden   con   las   que verdaderamente fueron aducidas en la deliberación.

Si  la  deliberación  debe  ser  pública,  entonces  la  votación  debe  serlo  también.  Mediante

aquella  actividad  se  trata  no  solo  de  identificar  los  factores  que motivan el  voto  de  cada  uno  de los  Consejales  al  apoyar  a  un  candidato,  sino  también  si  esos  funcionarios  han argüido  las razones que motivaron su decisión. Si la votación es secreta, no puede saberse si el mérito fue la razón que realmente motivó a los Consejales del CNJ para decidir la incorporación o no de un candidato a la lista” [perdonen que consigne el error de “concejales”, pero así aparece en la sentencia].

            En pocas palabras, una vez concluidas las “entrevistas”, el CNJ está constitucional y legalmente obligado a celebrar una sesión pública en la que se debata sobre los méritos de cada uno de los postulantes e indicar, con la debida motivación, por qué se seleccionan a los 15 candidatos a magistrados. Eso NO lo hizo el CNJ en este 2024, a pesar de que, con sus defectos y matices, sí lo hizo en 2015, 2018 y 2021.

            ¿Por qué el CNJ decidió violar la Constitución, la ley y la jurisprudencia? ¿Quién le ordenó al CNJ que actuara con opacidad y secretismo? ¿Por qué se produjo este retroceso -y otros más- en el proceso de elección de candidatos a magistrados de la CSJ?

            El proceso de elección de magistrados de la CSJ ha sido incapaz, salvo contadas excepciones, de convocar juristas, pero este año se ha producido un grave retroceso en los avances que, por presión de la ciudadanía y de la sociedad civil organizada, se habían logrado.

            Ante tan vergonzosa actuación del CNJ, la obligación ética de los candidatos propuestos por el CNJ es desistir de sus candidaturas, negarse a continuar participando en un proceso viciado: ¿existirá algún licenciado/a en ciencias jurídicas decente, con alma buena, dignidad y respeto por sí, que opte por no participar en la fiesta de Sodoma y Gomorra de la dictadura?

Abogado constitucionalista.

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