La superación de un veto presidencial en beneficio del país

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Foto EDH/René Quintanilla

Por Ricardo Sosa

2018-10-18 9:05:30

Esta semana se produjo un evento en la Asamblea Legislativa del que no se tenía registro en las últimas legislaturas, como es la superación de un veto presidencial utilizando la mayoría calificada de cincuenta y seis votos. Cuando el reloj indicaba las cuatro y media de la tarde del miércoles recién pasado se leían los últimos párrafos del dictamen favorable de la Comisión de Seguridad. Nadie podía presagiar lo que se escucharía por la radio y televisión legislativa, y era el voto de oro que fue digitalizado por el diputado Juan José Martell para que la pantalla indicada 56 votos, es decir, mayoría calificada.

La votación se registró de la siguiente manera: ARENA, 36 votos; diputado Juan José Martell, diputado Leonardo Bonilla; PCN, 9; GANA, 6; PDC, 3. Como podemos observar, no concurrieron con su voto veintiocho diputados (28).

Pero, ¿por qué hay que destacar y cuál es la relevancia de esta votación? Es que es en beneficio de nuestro amado país, ya que después del veto presidencial El Salvador fue suspendido del Grupo Egmont. Esta entidad internacional permite que 159 unidades de Investigación Financiera (UIF) de todo el mundo puedan compartir información financiera para desarrollar investigaciones de delitos relacionados a lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y corrupción. Pero requiere que la UIF en El Salvador tenga autonomía para recibir, procesar, analizar y difundir la información para prevenir o detectar el lavado de dinero.

Lo que se ha logrado con la superación del veto por los diputados y diputadas que votaron esta semana es evitar posibles implicaciones que solo le proporcionan ventajas al crimen organizado transnacional, a las pandillas; permite poder seguir el rastro del dinero que resulta de operaciones bajo sospecha, evitar posibles incrementos a tasas y préstamos al país y a los ciudadanos, poner en riesgo apoyo y cooperación de la comunidad internacional, afectar el procedimiento para que lleguen las remesas familiares, no las remesas en sí, el proyecto de Fomilenio II, ser expulsado definitivamente del Grupo Egmont por ser declarado El Salvador como un paraíso fiscal, entre las principales.

El ejercicio de esta semana pone en evidencia que los partidos políticos son capaces de deponer sus intereses y proyectos de agenda partidaria, y poner el interés de una Nación, privilegiando el diálogo, el estudio técnico de un ante proyecto de ley, el poder hacer valoraciones adicionales y reconsideraciones de una votación inicial o de un voto no analizado lo suficiente por no tener mayor información de la respectiva comisión o incluso dentro de su fracción. No considero desde ningún punto de vista que se deba leer como una victoria de oposición política, porque en este caso gana El Salvador.

Ahora debemos esperar el procedimiento del articulo 138 de la Constitución de la República, que establece que el Señor Presidente de la República deberá dirigirse a la CSJ dentro del tercer día hábil para que ésta, oyendo las razones de ambos órganos del Estado (Asamblea y Presidencia), decida si es o no constitucional a más tardar dentro de quince días hábiles. Si la Corte Suprema de Justicia en pleno establece que es constitucional la decisión de la Asamblea Legislativa, el Señor Presidente estará en la obligación de sancionarlo y publicarlo como ley. Para este caso no se requiere de la Sala de lo Constitucional.

Por el bien de El Salvador debemos esperar que el Señor Presidente de la República y su equipo jurídico en Capres puedan hacer las valoraciones respectivas y puedan reconsiderar su posición en beneficio de las Institucionalidad del país. Es posible ponernos de acuerdo, hay esperanza.

Experto en seguridad y criminología