Un reto para la nueva Sala

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elsalvador.com

Por Daniel Olmedo

2018-07-18 6:59:21

El foco está en la elección de magistrados, particularmente en quiénes formarán la Sala de lo Constitucional. Está bien, pero es preciso ampliar el cuadro. Es necesario remozar la justicia constitucional no solo en quienes ocuparán las sillas ahora vacías, sino también en la estructura legal que sirve para juzgar desde la Constitución.

En mayo Aldo Cader —quien participa como candidato a magistrado en este proceso— puso ese tema en el debate. En la columna titulada Seguridad constitucional (publicada en este periódico) identificó cómo perjudica a la seguridad jurídica la incertidumbre sobre plazos para examinar la admisibilidad de las demandas. El licenciado Cader exponía cómo hubo un avance significativo en ese punto en la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y lo contrastó con la Ley de Procedimientos Constitucionales, que en este punto adolece de un serio déficit. Aldo Cader destacó que tampoco en el último anteproyecto de Ley Procesal Constitucional se aborda la solución a ese problema.

Tal señalamiento es determinante. El desequilibrio en los plazos para examinar la admisibilidad de una demanda no es un tema menor. Deteriora significativamente la confianza en la justicia constitucional.

Por ejemplo, el 30 de mayo la Sala de lo Constitucional admitió la demanda de inconstitucionalidad que un ciudadano interpuso contra la Ley de Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia —el conocido como impuesto a la telefonía— el examen de admisibilidad duró treinta meses. Luego, el 12 de julio se admitió la demanda de amparo que interpuso el Fiscal General de la República por la decisión de la Sala de lo Civil en el proceso de enriquecimiento ilícito contra el diputado Reynaldo Cardoza; ahí el examen de admisibilidad duró apenas unos días.

La justicia debe impartirse de forma expedita. No es un favor del juez conceder una justicia ágil, sino un derecho constitucional del gobernado. El artículo 182, ordinal 5o de la Constitución así lo ordena. De manera que la prontitud que se otorgó al Fiscal General de la República en esa demanda debería otorgársele también a un ciudadano ordinario.

De ahí que, aunque el acento hoy se ha puesto en la elección de magistrados, no debe soltarse el dedo del renglón en cuanto a la necesidad que indicó el licenciado Cader respecto a cambiar la legislación procesal constitucional. Es ahí donde deben corregirse problemas como el indicado: estableciendo plazos para que los magistrados emitan sus decisiones, y consecuencias concretas que estos asumirían en caso de incumplimiento. La responsabilidad principal de esta tarea corresponde a la Corte Suprema de Justicia, como encargada de darle iniciativa de ley a este tipo de normas.

La Corte Suprema de Justicia hizo un excelente trabajo en la renovación de la legislación procesal en materia contencioso administrativa. Tras décadas de mantenerse aletargados los proyectos de ley en esa materia, la magistrada Dafne Sánchez cogió el toro por los cuernos, y con un excelente equipo impulsó la aprobación de la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo. Hoy el nuevo sistema está caminando, y lo está haciendo bastante bien. Ahora es el turno de hacer lo propio con la legislación procesal constitucional.

La experiencia que acumuló la Corte Suprema de Justicia en el cabildeo e impulso de la aprobación de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa debería aprovecharse para aprobar la nueva Ley Procesal Constitucional.

Entre todo el ruido provocado en este proceso de elección de magistrados, el señalamiento que en su momento hizo Aldo Cader fue una alternativa serena, concreta y sensata para corregir un serio problema que hoy adolece la justicia constitucional. Ojalá que la próxima Sala de lo Constitucional asuma ese reto.

Abogado
@dolmedosanchez