Una aberrante ley

descripción de la imagen
Cuentas bancarias, residencias y todo tipo de bienes, como vehículos de los imputados en el caso Funes, han sido congelados por orden judicial. Foto EDH / Archivo

Por Julia Regina de Cardenal

2018-06-28 8:08:11

Urge que los abogados salvadoreños lean esta ley cuyo objetivo es imponer la ideología de género en El Salvador. Quizá, con algunos puntos que citaré a continuación, logro despertar su curiosidad, para que busquen, estudien y se opongan a este proyecto inadmisible.

El primer considerando dice “que el sexo asignado al nacer no siempre coincide con el que se identifican las personas, como el caso de las mujeres y hombre trans… transexuales…”. Es decir que ¿el sexo se asigna al nacer? ¿No esta ya definido desde el momento de la concepción tal como dice la ciencia – XX y XY? ¿Las personas pueden cambiar de sexo según lo que sienten?

Los autores de este proyecto de ley introducen una serie de definiciones inventadas por los promotores de una ideología que no tiene ninguna base sólida: el género como “identidades, funciones, atributos, construidos socialmente… y el significado social o cultural que se atribuye a esas diferencias biológicas”. También dicen que “identidad de género” es “vivencia interna o individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría no corresponder al sexo asignado al momento del nacimiento… (que podría involucrar modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos….) y otras expresiones de género incluyendo la vestimenta, forma de hablar…”. Quiere decir que si un hombre no se identifica con su sexo —siendo esto un trastorno llamado disforia de género— y se somete a tratamientos hormonales, se opera o solo se viste de mujer (nada le impide hacerlo) para supuestamente “cambiarse de sexo” (lo cual es imposible biológicamente) quiere obligar por medio de esta ley al resto de la población a pretender que es mujer aunque en realidad es hombre o viceversa.

Otros términos peligrosos que intentan introducir en la legislación son ”expresión de género”, “personas cis-género”, “transgénero”, “variaciones biológicas del sexo o intersexualidad”, “discriminación o exclusión con base en identidad de género”, que implica que hombres puedan entrar a baños de mujeres porque se sienten mujeres. Niños en baños de niñas, incluyendo duchas en colegios, como sucedió en el gobierno de Obama en EE. UU., cuyas consecuencias fueron abusos sufridos por niñas y mujeres que, gracias a Dios, el Presidente Trump revirtió.

Asimismo habla de “libre desarrollo de la personalidad conforme a su identidad de género”, “trato digno”, “Celeridad y sencillez” para facilitar los cambios de sexo legalmente aunque biológicamente siempre sean el sexo definido por cada célula de su cuerpo. Convertir todo esto en “DERECHO” en donde padres de familia no puedan ayudar a algún hijo que pudiera sufrir de una confusión que es tratable, prohibiéndoles ayudarle tal como está sucediendo en otros países.

Según las “obligaciones” de dicha ley, todos estaríamos obligados a “cumplir, promover, concientizar y sensibilizar” cada incoherencia propuesta.

Dentro de los muchos géneros inventados hay “polisexuales” o “pansexuales” que son atracción por todos los sexos, o “género fluido”, incluyendo diversas identidades sexuales manifestándose como cambio entre masculino, femenino o neutro, incluso identificándose con más de un género a la vez cambiándose de identidad con frecuencia.

Si esta ley permite cambiar la partida de nacimiento de acuerdo con el “género” que cada cual se siente, ¿cuántas veces se podría cambiar? ¿Sería justo que hombres compitieran en deportes para mujeres? ¿Cómo podría saber un hombre si la novia a quien besa es mujer o no? Al permitirles adoptar ¿no se estaría violando el derecho de los niños? Surgen muchas más preguntas…

Master en Asesoramiento
Educativo Familiar
Master en Desarrollo Humano
Master MESVIDA (Educación de la
Sexualidad y Defensa de la Vida)