Compra de Telefónica y de Scotiabank se dará hasta después de marzo

La Superintendencia de Competencia debe analizar los informes económicos y jurídicos que le presenten para avalar las compras.

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Solo hasta que la Superintendencia de Competencia dé el aval, Scotiabank y Telefónica podrán finalizar la venta de sus activos. Foto EDH /archivo.

Por José Luis Henríquez

2019-02-17 9:07:36

Las autorizaciones para la compra de Telefónica y de Scotiabank El Salvador, por parte de América Móvil y Banco Cuscatlán, respectivamente, lo más probable es que se resuelvan hasta después del primer trimestre de este año, porque las empresas compradoras aún no han presentado la solicitud de concentración económica ante la Superintendencia de Competencia (SC), la entidad que avala dichas operaciones.

Al respecto, el superintendente Nelson Guzmán señaló que ambas empresas deben hacer una solicitud de autorización de concentración económica, y no cree probable que la presenten antes de marzo próximo, debido a que uno de los requisitos que deben entregar son los balances financieros auditados externamente y, dado el tamaño de ambas compañías, lo más seguro es que dichos documentos estén listos hasta el cierre del primer trimestre de este año.

A finales de enero pasado América Móvil, dueña de la empresa Claro, anunció que había llegado a un acuerdo para la compra de las filiales de Telefónica en Guatemala y El Salvador por $333 millones y $315 millones, respectivamente. Asimismo, Imperia Intercontinental, accionista principal del Banco Cuscatlán y de Seguros e Inversiones S.A. (SISA) anunció a principios de febrero que compraría Scotibank El Salvador, aunque no reveló el monto de la operación.

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El superintendente dijo que, en términos generales, una vez presentada “tenemos 15 días para admitir la solicitud y, después de admitida, 90 días para responder si la solicitud de concentración económica se aprueba, se deniega o se condiciona”, apuntó.

Si una solicitud llegara a ser denegada entonces la operación no se concretaría y quedaría solo como una intención de compra.

Los requisitos a presentar

Guzmán explicó que entre los requisitos que tanto América Móvil como Imperia Intercontinental deberán presentar en su solicitud se encuentran la identificación de las empresas, el nombre de los socios, quién es el apoderado legal, agentes económico involucrados, el objeto de la transacción, los datos de participación de mercado, denominación o razón social de los agentes económicos y del representante legal, escritura de constitución, estados financieros del ejercicio fiscal inmediato anterior y composición social de los agentes económicos.

Asimismo deben entregar la descripción de la concentración, sus objetivos y proyectos del acto jurídico, y también se les pide una mención sobre los agentes económicos involucrados, principales bienes y servicios que produce u ofrece, y localización de los establecimientos de los agentes económicos.

El proceso en breve

La Superintendencia de Competencia detalló que una vez que los agentes económicos presentan la solicitud tiene 15 días para el análisis de admisibilidad, y si estos cumplen en forma con toda la información que se les ha solicitado se admite el trámite, y esos días cuentan como parte de los 90 días que tienen para dar respuesta a la concentración económica.

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“Si en el análisis identificamos que hacen falta datos, y no cumple los requerimientos de forma se le da una prevención, y se le solicita más información al agente económico, Acá se le dan a la empresa dos opciones: Si no subsana queda como inadmisible, pero si subsana se admite el trámite”, apuntó el titular de la SC.

Otra opción es que la solicitud sea improcedente; por ejemplo, hay operaciones que los agentes económicos piensan que necesitan la autorización de la Superintendencia, aunque a veces es una forma de evitar una posible multa por no presentar solicitud. También si una empresa no llega a los umbrales económicos es improcedente la solicitud.

Según la ley, en el tema de los umbrales, los agentes económicos que están solicitando concentración tiene que tener una combinación de activos totales de $182.5 millones o de ingresos totales, del año anterior, de $219 millones. Si no sobrepasan dicha cantidad la solicitud es improcedente.

Ahora bien, “si la solicitud se admite se hace el análisis técnico, jurídico y económico y para eso tenemos 90 días para dar una resolución final”, recalcó el funcionario.

Acá solo se pueden dar tres tipos de resolución:

1.- Se autoriza y la empresa realiza la compra (se comprueba que no habrá afectación ni manifiestas barreras de entrada ni va a interferir de una manera que perjudique a la competencia)

2.- Se acepta con condicionamiento, aquí se identifican aspectos a corregir, por ejemplo que tanto puede afectar esta transacción al mercado. Por ejemplo con la cervecería nacional se autorizó la compra pero con condiciones, una de ellas era la venta de dos marcas de cerveza, que se mantuviera al personal y que no afectara la red de distribución. Estos condicionamientos pueden ser previo a la compra o posterior a la compra

3) se puede denegar y la compra no se concreta.

Guzmán señaló que en toda la historia de la Superintendencia de Competencia se han recibido 138 solicitudes, de las que se ha procedido a hacer el análisis de 24 porque las demás fueron improcedentes. De esas se autorizaron 14 solicitudes, se condicionaron 9 y solo se denegó 1.

Finalmente, dijo, que la compra de Scotiabank El Salvador también debe pasar por el análisis de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), mientras que en el caso de Telefónica debe ser avalada por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET).