ISSS no atiende a pensionados con devolución de saldo: Asafondos

La reforma de pensiones estableció que los beneficiarios a quienes les devuelvan el saldo pueden cotizar y mantener cobertura de salud. El ISSS dijo que debía hacer un marco normativo.

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Los jubilados que optan por el beneficio temporal o permanente tienen cobertura de salud automática. Los que piden devolución de saldo tienen la opción de cotizar voluntariamente para recibir el beneficio. Foto EDH / archivo

Por Vanessa Linares

2018-10-03 8:03:31

La Asociación Salvadoreña de Administradoras de Fondos de Pensiones (Asafondos) denunció ayer que el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) ha negado la posibilidad de aportar dinero y recibir atención médica a algunos cotizantes en condición de pensionados.

El presidente de la gremial, René Novellino, explicó que antes de la reforma, aquellos cotizantes que al momento de jubilarse optaran por la devolución de su saldo ahorrado, se les entregaba una especie de finiquito que los excluía de la cobertura de salud.

En la nueva ley, aprobada en septiembre de 2017, se estableció que los pensionados que pidan devolución de saldo pueden cotizar voluntariamente para poder continuar recibiendo atención de salud en el ISSS. Este beneficio se aplica de manera automática a aquellos que gocen de un Beneficio Económico Temporal y un Beneficio Económico Permanente.

“Lo que nos han llegado a decir, y esto es anecdótico, es que personas que se han acercado a la AFP y les hemos dado esta información y han ido al ISSS, en el Seguro les han dicho que ellos no tienen conocimiento de eso y que no les pueden recibir las cotizaciones”, informó Novellino.

El vocero reconoció que hasta la fecha no es claro si la renuencia se deba que el Seguro Social necesita una norma secundaria que le indique cómo implementar el beneficio que otorgó la ley o, en cambio, se trate de “una política de no atenderlos”.

“Lo digo como denuncia para que la sociedad también busque investigar por qué el Seguro Social le niega este derecho que la ley ya le está otorgando para alguien que cotice de su bolsa pueda acceder a los servicios de salud”, insistió el titular de Asafondos.

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El Diario de Hoy buscó una reacción oficial de parte del ISSS y el Departamento de Comunicaciones aclaró que “no es que se haya negado recepción de planilla y atención de salud porque no se tenga conocimiento”.

En su respuesta oficial indicó que el Seguro no necesita indicaciones para recibir cotizaciones voluntarias de salud de las personas que no pensionadas obtuvieron prerrogativas por la nueva Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP); sino que para hacer las cosas “de forma muy coherente”, explicó, debía crear un marco normativo previo para regular la inscripción, cómo se prestará el servicio y los procedimientos necesarios.

El ISSS dijo que, pese a no haber sido consultado durante la elaboración de la reforma de pensiones, sabe que se encuentra obligado a crear las condiciones para cumplir la ley.

De esa manera, aprobó el “Reglamento de aplicación del Decreto Legislativo N°787 para el Régimen Especial de Salud del Seguro Social a las personas no pensionadas que obtuvieron devolución de saldo, asignación o beneficios económicos de conformidad a la Ley delSAP” con fecha del 17 de septiembre y ya lo remitió “para conocimiento y aprobación del Consejo de Ministros, con base en lo dispuesto en el Art. 22 de la Ley del Seguro Social”.

A la fecha, la institución aseguró que el régimen de salud del ISSS ya tiene inscritas a 8 personas entre los afiliados que recibieron asignación, a 6 en los que de Beneficio Económico Temporal y 10 en los que gozan de Beneficio Económico Permanente.

Foto/EDH

Resumen de la Reforma de pensiones
Se mantienen las cuentas privadas

Todo el ahorro que acumule cada persona sigue siendo guardado en una cuenta privada cuyo único dueño es el mismo afiliado cotizante. Mientras más cotice mejor será el beneficio que reciba al pensionarse.

Menos años de cotización

Para pensionarse, cualquier afiliado debe haber cotizado 20 años, de manera continua o discontinua.

Más intereses por el dinero prestado

La reestructuración de los Certificados de Inversión Previsional (CIP), instrumentos con los que el fondo de ahorros le presta dinero al Estado para pagar algunas pensiones del antiguo sistema público, permitirá que los trabajadores ahora reciban mayores ganancias.

Pensión vitalicia

Se creó la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) que asegurará que una vez se acabe el saldo individual del cotizante, éste seguirá recibiendo la misma pensión por el resto de su vida.

Se mantiene cobertura de salud

Garantiza el acceso a los servicios de salud que presta el ISSS a los afiliados que gocen de un Beneficio Económico Temporal, un Beneficio Económico Permanente y los beneficiarios a quienes les devuelvan el saldo.

Cotizantes pueden anticipar su saldo

Quienes tengan al menos 10 años de cotización y cumplan con el rango de edad según la tabla para los próximos cinco años, pueden anticipar hasta el 25% de su saldo ahorrado.

Trabajador podrá elegir en qué invertir

Cuando se aprueben las normas, bajo el esquema de multifondos, se permitirá al trabajador cotizante elegir en cuál de los cuatro tipos de fondos quiere que se invierta su dinero ahorrado. Por ejemplo, si busca más rentabilidad o ganancia por su ahorro, el riesgo también será mayor.