“La nueva Ley de voto en el exterior tiene varios vacíos que se deben corregir”, dice experto electoral

La nueva normativa no contempla la modalidad a utilizar para votar desde el extranjero, tampoco el empadronamiento ni requisitos de arraigo, asegura

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Malcolm Cartagena, experto electoral. Foto EDH / Archivo

Por Enrique Miranda

2022-01-10 6:30:59

El experto electoral Malcolm Cartagena le hace tres principales objeciones a la nueva Ley de voto para salvadoreños en el exterior aprobada en septiembre pasado que derogó la anterior ley de voto postal: el primero es que la nueva normativa no exige el empadronamiento de la diáspora que en realidad tiene interés en votar, lo cual provoca un problema de logística pues implica planificar material electoral, dependiendo de la modalidad que se elija, a ciegas. Esto significa que, en general, solo un bajo porcentaje de salvadoreños viviendo fuera ha votado históricamente, lo cual plantea un problema de recursos que podrían desperdiciarse.

El segundo punto es que la Ley no define la modalidad a usar, pues hay alternativas más difíciles de auditar, como el voto por internet y que se presta a manipulación si los partidos en contienda no tienen la capacidad de verificar.

VER: “Es necesario el empadronamiento para saber quién quiere votar”: Malcolm Cartagena

Y tres, la Ley no pide ningún tipo de arraigo del votante que vive fuera, sobre todo en la elección municipal, pues si la persona viviendo fuera no tiene ningún interés en determinado municipio donde vote, poco le afectará las decisiones que tome ese concejo municipal. El requisito de arraigo permite que el votante desde el exterior sí tenga una influencia real en la toma de decisiones de los políticos locales. De estos aspectos, Cartagena expone sus planteamientos:

Usted afirma que para votar desde el exterior se debe demostrar arraigo..

Estoy convencido que es entendible que haya voto en el exterior para la elección presidencial, en el entendido que una decisión que vaya a tomar un presidente eventualmente puede afectarme a mi, aun si yo estoy en otro país. Por ejemplo, digamos que el presidente decidiera romper relaciones con Estados Unidos, esto podría generarme un efecto si yo viviera en Estados Unidos.

También puedo comprender el voto en el exterior para diputados en términos que alguna ley aprobada por estos podría afectarme a mi viviendo el exterior. Por ejemplo, que le pusiera impuesto a las remesas, vaya. Eso es algo que me puede afectar.

Entonces veo correcto, lógico, que yo vote desde el exterior para diputados.

¿Y en el caso de voto exterior para alcaldes?

En el caso de votación en el exterior para concejos municipales yo sí creo que debe establecerse arraigo, porque de lo contrario, ¿en qué me puede afectar a mi que haya una ordenanza municipal en Mejicanos que prohíba sacar a pasear a los perros después de las 6 de la tarde?, por ejemplo. No me afectaría en nada, porque no vivo ahí. A nivel municipal se generan ordenanzas, se generan disposiciones que afectan a los que viven ahí.

Entonces, debe buscarse probar algún tipo de arraigo para poder justificar que no vivo allá pero tengo algún tipo de negocios, o un hijo que depende de mi, o mis papás que dependen de mi viven allá. Yo no vivo allá, pero pago los impuestos de la casa donde viven mis hijos, por decir algo. En ese sentido, tengo derecho a decidir quién va a regir los destinos de esa municipalidad.

¿Demostrar arraigo para todas las elecciones desde el exterior?

Entonces creo que esos mismos criterios de arraigo se pueden aplicar en general. Creo que no debería ser todo el que quiera votar desde el exterior pueda hacerlo. No es por miedo de decir por quién van a votar ni nada de eso, porque la gente en el exterior siempre ha votado como votan acá en El Salvador.

En la presidencial de 2014 el FMLN sacó gran ventaja a ARENA en el exterior y en segunda vuelta quedaron un poco más cerca como pasó acá. En 2019 GANA sacó mayoría en el exterior, como pasó acá.

Debe haber requisitos, por ejemplo, la ley que se aprobó en septiembre es el tema del empadronamiento. Si el empadronamiento que mucha gente de la diáspora lo ve como malo porque considera que es una de las grandes trabas, pero es al contrario, es una de las herramientas que nos permite identificar claramente el universo de las personas que van a votar.

¿Puede detallar?

Por ejemplo, para 2019 duizados había 350 mil salvadoreños, pero a la hora que se les dijo que se empadronaran para votar solo lo hicieron 5,948 personas.

Esto ocurre en todos los países que tienen voto en el exterior, por eso yo pongo el ejemplo de México, ellos tienen una diáspora estimada de 38.5 millones de mexicanos viviendo en Estados Unidos, pero a la hora de inscribirse para votar solo se empadronaron 38 mil, o sea el uno por ciento.

¿Cuáles requisitos de arraigo tenía la ley anterior?

Eran tres criterios: que padre, madre, cónyuges o hijos menores residieran en el territorio y que dependieran del votante. Dos, que poseyera bienes en el municipio y tres que poseyera sociedades o empresas en el municipio.

Para garantizar que las decisiones del concejo le afectaban.

¿Hay muchos aspectos sin regular entonces en la nueva ley?

La ley tiene varios vacíos que se deben de corregir. La última ley que aprobó a regañadientes la anterior Asamblea, porque hay que decirlo: ni ARENA ni el FMLN querían voto en el exterior para alcaldes bajo una lógica bien simple. ARENA dice: ‘Esta gente se fue bajo nuestros gobiernos, entonces lo menos que quiere es votar por ARENA’. El Frente razona: ‘Esta gente vive en el imperio, lo que menos va a querer es votar por la izquierda, porque ya los alineó el gobierno’. Ambos pensamientos son erróneos, pero esa lógica privó para que no se aprobara una ley de voto exterior para todas las votaciones, pero a regañadientes se aprobó en febrero de 2020 y la vetó Nayib Bukele.

Se debe definir una modalidad. La postal, el talón de Aquiles no es el empadronamiento, es que aunque se establecen convenios siempre hay problemas que los paquetes quedan detenidos y no le llegan a la gente o le llegan tarde. Eso es mejorable. Si se va a optar por el voto electrónico se deben hacer simulacros, varios, experimentos desde ya para ir afinando el instrumento porque si se va a hacer como las internas de Nuevas Ideas que hubo quejas de que compraron chips para suplantar personas y que esos fueron los que votaron y como no queda registro no se pueden recontar votos, estamos mal. Se debe ir haciendo ensayos desde ya no esperar un mes antes de la elección.

Los vacíos de la nueva ley de voto exterior

A juicio del experto electoral Malcolm Cartagena, estos son los principales aspectos que se deben regular mediante reformas a la normativa:

Sin padrón:

La nueva Ley no contempla empadronamiento, la antigua ley sí. No se sabe a ciencia cierta si se elaborará en un reglamento o se reformará la ley o si no habrá.

Sin modalidad:

La Ley no establece la forma de votar. Parece descartado el voto por correo, pero no hay ni reglamentos para desarrollar el voto de los que viven fuera.

3 documentos:

Los salvadoreños residentes en el exterior podrán usar tres tipos de documentos para votar: DUI, Pasaporte o partida de nacimiento, cuando en el país solo se puede con DUI.

Sin requisitos: 

La ley no exige requisitos de arraigo en un municipio para votar por el alcalde, de hecho la persona puede elegir en cuál municipio votar aunque no tenga parientes ni bienes ahí.