Sala declara improcedente controversia de Bukele por decreto de endeudamiento municipal

El máximo tribunal expresa que el Ejecutivo presentó fuera de tiempo la petición.

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Por Eugenia Velásquez

2021-02-11 8:59:03

La Sala de lo Constitucional resolvió este jueves “improcedente” la controversia que el presidente de la República, Nayib Bukele intentó presentar en la Corte Suprema de Justicia.

El motivo, según reza la resolución, es porque los jurídicos del Ejecutivo no presentaron en el plazo establecido por ley la petición del gobernante para iniciar la controversia entre el Ejecutivo y el Legislativo por la “supuesta inconstitucionalidad” del decreto 764, ratificado por la Asamblea el 19 de noviembre de 2020, que contiene la Reforma a la “Ley Reguladora de Endeudamiento Público Municipal”.

“Declárase improcedente la controversia planteada por el Presidente de la República en el ejercicio de su facultad de veto en torno a la supuesta inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 764, del 29 de octubre de 2020”, dice la sentencia.

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Añade el fallo que se tiene “sin lugar el incidente de justo impedimento alegado por el abogado (Conan) Castro Ramírez, ya que las razones aducidas no configuran un supuesto de justo impedimento, toda vez que el Presidente de la República era capaz de remitir la controversia constitucional en un horario hábil o vía correo electrónico como ya lo ha hecho en las controversias constitucionales 8-2020, 11-2020 y 13-2020”.

En sus razonamientos, la Sala explica que el Presidente de la República está obligado a dirigirse al máximo tribunal dentro del tercer día hábil, después de que la Asamblea decide superar un veto presidencial alegando inconstitucionalidad y el mandatario vuelve a rechazarlo.

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Para el caso, los diputados ratificaron el decreto y notificaron dicha decisión a la Sala de lo Constitucional el 25 de noviembre de 2020, pero Bukele envió la controversia a la Sala hasta el 1 de diciembre del año pasado, es decir, después del plazo que le establece la Constitución.

“(El decreto) es para tramitar créditos, ya que las alcaldías deben presentar a los bancos una certificación de categoría hacendaria, sin ello no les aceptan el trámite y Hacienda lo ha estado bloqueando de hecho. Se reformó la ley poniendo plazo, fue vetada por supuesta inconstitucionalidad, superamos el veto, se fue a Sala, y se dio la razón a la Asamblea”, manifestó el diputado del PDC, Rodolfo Parker.