TSE inicia proceso sancionador a María Chichilco por spot en el que pide votos para Nuevas Ideas

Según el organismo colegiado, la ministra de Desarrollo Local violó el art. 172 del Código Electoral que prohíbe a funcionarios realizar propaganda electoral.

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María Ofelia Navarrete, mejor conocida por su seudónimo de María Chichilco cuando fue combatiente en la guerrilla salvadoreña, funge como ministra de Desarrollo Local. Foto / Archivo

Por Juan Carlos Mejía

2021-02-25 12:25:51

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) inició de oficio un proceso sancionador en contra de la ministra de Desarrollo Local, María Chichilco, por violar el inciso 2º del Art. 172 del Código Electoral.

De acuerdo con el organismo colegiado, Chichilco incumplió dicho artículo, que establece que solo los partidos políticos en contienda están autorizados para realizar campaña electoral, al publicar un spot en su cuenta de Twitter en la que solicitaba el voto para los candidatos del partido Nuevas Ideas.

Por ello, el Tribunal ordenó a la ministra que retire inmediatamente el spot de sus redes sociales, debido a que, según la resolución, tiene como finalidad incidir en los ciudadanos para que apoyen electoralmente a los candidatos del partido afín al gobierno.

María Chichilco incumplió el Art, 172 del Código Electora, de acuerdo con el TSE. Foto: Twitter / María Chichilco.

Esta medida cautelar se suma a otras que el TSE ha impuesto al presidente Nayib Bukele y al partido Nuevas Ideas por transgredir el Código Electoral (CE) y la Ley de Partidos Políticos (LPP).

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En el spot publicado por Chichilco puede verse cómo la ministra solicita el voto para “nuestros próximos alcaldes y nuestros próximos diputados”, y agrega: “Votar es fácil, es solo marcar la N de Nayib”.

Asimismo, el TSE también inició un proceso sancionador contra diferentes instituciones del Gobierno por haber violado el Art. 178 del CE, al haber publicado diversas inauguraciones y contrataciones, como la entrega de computadoras a estudiantes del sector público.

El artículo referido menciona que ninguna entidad estatal, concejos municipales o autónomas podrán publicar a través de ningún medio la contratación o inauguración de obras y proyectos durante los 30 días anteriores a las elecciones.

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Entre las instituciones señaladas de incumplimiento del CE se encuentran: Presidencia de la República, Ministerio de Obras Públicas (MOP), Ministerio de Salud (Minsal) y la Secretaría de Prensa de la Presidencia.

El ente colegiado ordenó a los diferentes ministerios, viceministerios, concejos municipales o autónomas que se abstuvieran de publicar cualquier tipo de obras, ya sea en medios oficiales o privados, a la vez que solicitó a los diferentes medios de comunicación que no den cobertura a ese tipo de actividades.

Detalle de las publicaciones realizadas por diferentes instituciones de gobierno. Fotografía de resolución TSE.