“Extensión de periodo presidencial no debe ser retroactiva”

Según los juristas consultados, es posible hacer esa reforma, pero no puede aplicar de ninguna manera al mandato de Nayib Bukele.

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Magistrados del Tribunal Supremo Electoral actual. FOTO EDH / ARCHIVO

Por Eugenia Velásquez

2021-08-02 4:57:44

Ante la propuesta del equipo liderado por la vicepresidencia de ampliar a seis años el periodo presidencial, abogados apuntan que es “innecesario”, pero si se hace la reforma, no puede ser “retroactiva”.

“Esas reformas no podrían entrar de forma retroactiva, este presidente (Nayib Bukele) ha sido electo para cinco años y cinco años debe estar nada más”, afirmó el presidente de Acción Ciudadana, Humberto Sáenz.

El director ejecutivo de Acción Ciudadana, Eduardo Escobar, también cuestionó si están pensando que lo apliquen al actual mandatario o no.

Sin embargo, Sáenz señala que no es necesario ampliar el periodo presidencial, tomando en cuenta que en otros países el periodo presidencial es de 4 años, “con lo cual cinco años es suficiente”, apuntó.

Para Francisco Bertrand Galindo, abogado constitucionalista, la idea de ampliar el periodo presidencial a 6 años “no es descabellado”. Lo ve como una forma de ordenar las elecciones y que todos los mandatarios gobiernen con el mismo número de legislaturas.

Reformas al TSE

Este fin de semana, el vicepresidente Félix Ulloa dio a conocer que además de ampliar a 6 años los periodos presidenciales, están pensando en separar las funciones jurisdiccionales de las administrativas del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
De acuerdo a la iniciativa del Ejecutivo el proceso de separación consiste en que el área jurisdiccional pasará a ser parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y el área administrativa la gerenciará el Instituto Nacional Electoral, una entidad que aún no existe.

Esta propuesta no es nueva. Según Escobar, desde hace años distintas organizaciones de la sociedad civil lo han sugerido. Sin embargo, sobre este punto señala que las reformas no servirán de mucho si no se elige magistrados sin vínculos partidarios.

“Antes de pensar en una reforma constitucional de ese tamaño, lo que se debió analizar era cómo cambiar la forma de elegir a las personas, es decir, que a pesar que fueran propuestas por partidos fueran independientes de los mismos partidos y seguir un proceso riguroso de elección, para elegir personas con la mayor independencia e idoneidad. Por estar vinculados a partidos no han administrado justicia de manera oportuna”, analizó Escobar.

Opina que habría que valorar también la modificación, ya que la separación de funciones complicaría la toma de decisiones en materia electoral.

“Vemos el caso de México en el que las autoridades electorales emiten una resolución sobre el tema de las papeletas, por ejemplo, pero como hay una autoridad separada, esta frena la impresión de papeletas y genera una complicación cuando un candidato o partido impugna una decisión electoral”, afirmó Escobar.

Humberto Sáenz recuerda que esas modificaciones las han venido estudiando desde hace una década. Las considera como una propuesta razonable que va en función de fortalecer la institucionalidad, sin embargo, hace una acotación: que los encargados de aplicar justicia electoral sean abogados.

“En el tema jurisdiccional deberían ser exclusivamente abogados los que actúen para resolver asuntos jurisdiccionales que les competen al TSE y hoy día no necesariamente ocurre de esa manera”, argumentó Sáenz.