La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional de un modo general y obligatorio el decreto legislativo número 763 del 29 de octubre de 2020 por la vulneración a los principios de contradicción, libre debate y discusión propia de la actividad legislativa derivados del artículo 135 de la Constitución.
Este decreto transitorio fue una reforma que los diputados aprobaron al numeral 12 del artículo 31 del Código Municipal, que permitía a los alcaldes contraer préstamos en los 180 días previos al fin del periodo para el que fueron electos.
El decreto habilitaba a los concejos municipales poder adquirir créditos nacionales e internacionales sin aval del Estado, salvo en calamidad pública.
Los legisladores decidieron hacer la modificación a la ley en vista de que los alcaldes no han contado desde hace ocho meses con el pago del Fodes y sus planes de desarrollo locales se vieron afectados por la pandemia.
Te puede interesar: Diputados señalan uso político en impago de Fodes
Bukele lo vetó aduciendo que el decreto vulnera los principios de contradicción, democracia representativa, libre debate y discusión propia de la actividad legislativa.
“Deliberadamente se ha tratado de sobredimensionar el papel que jugaron y siguen jugando las municipalidades, el cual si bien es cierto es necesario, no constituye ni un trabajo de primera línea, ni mucho menos han asumido el rol principal en el tratamiento de esa pandemia”, argumentó Bukele en su veto.
Mientras que la Sala dice en su sentencia que la Asamblea Legislativa no justificó ni demostró de manera objetiva la urgencia de la dispensa de trámite con que fue aprobado dicho decreto en la sesión plenaria ordinaria número 133 del 29 de octubre de 2020.
El decreto en mención contiene la disposición transitoria para permitir el normal desempeño de las municipalidades en el último semestre de la administración de los concejos municipales para el periodo 2018-2021.
En cuanto a los efectos de la sentencia sobre el decreto vetado por el presidente de la República, la Sala dice que “es inconstitucional por vicios de forma porque la Asamblea Legislativa no justificó la urgencia con que el decreto debía aprobarse. Dicho vicio de constitucionalidad afecta al Decreto en cuestión en su totalidad, por lo que el Órgano Legislativo deberá efectuar el archivo del mismo”.
Los diputados justificaron la reforma debido a que muchas obras municipales quedaron inconclusas debido a la pandemia y por el retraso del gobierno en trasladarles el Fodes.
Sin dinero y con el agobio de no cumplir con el pago a proveedores y salarios a sus empleados, las alcaldías urgían de adquirir deuda para honrar sus compromisos. A la fecha, Hacienda les debe más de $330 millones desde hace ocho meses.
Además: Comures prevé viajar a Estados Unidos a pedir apoyo al Senado por impago del Fodes