La Sala declara constitucional decreto de $354 millones para pagar Fodes y Fomilenio II

Con este fallo, la Sala de lo Constitucional le da la razón a la Asamblea y no al presidente de la República Nayib Bukele, quien vetó el decreto en mención aduciendo que se violaba el equilibrio presupuestario y que la Asamblea invadió atribuciones que le competen al Ministerio de Hacienda.

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Alcaldes de varias municipalidades se han manifestado varias veces frente al Ministerio de Hacienda por el impago del Fodes. Foto EDH/ Jonatan Funes / Archivo.

Por Eugenia Velásquez

2021-02-08 3:59:44

Este lunes la Sala de lo Constitucional emitió una sentencia declarando “constitucional” el decreto legislativo 782 aprobado por la Asamblea el pasado 26 de noviembre de 2020 para reformar la ley del Presupuesto General del Estado en el sentido de reorientar $354.2 millones del Fideicomiso de 1,000 millones de dólares que los diputados autorizaron al gobierno emitir en bonos para enfrentar la pandemia.

La Asamblea destinó esos recursos para pagar el Fodes atrasado a las alcaldías por $288 millones; $50 millones para la contrapartida de Fomilenio; y $16 millones para completar el pago de pensiones de los veteranos y excombatientes de guerra.

VER: Alcaldes piden a Fiscalía actuar si Hacienda incumple fallo de la Sala para pagar Fodes

Con este fallo, la Sala de lo Constitucional le da la razón a la Asamblea y no al presidente de la República Nayib Bukele, quien vetó el decreto en mención aduciendo que se violaba el equilibrio presupuestario y que la Asamblea invadió atribuciones que le competen al Ministerio de Hacienda.

Además, Bukele dijo en su veto que la propuesta de la Asamblea era “materialmente irreal y de imposible cumplimiento, porque tales montos ya se han asignado y ejecutado, lo cual también vulnera la seguridad jurídica”.

Sin embargo, la Sala de lo Constitucional aduce que el decreto es constitucional, pero como la reforma se refería al presupuesto de la Nación de 2020, la Sala explica que “debido a que la ley del presupuesto general de 2020 ya no se encuentra vigente al haber finalizado el ejercicio fiscal para el que fue emitida y que el presupuesto general de 2021 tiene fuentes de financiamiento y asignaciones de gastos distintos para los rubros y partidas que se pretendían reformar con el decreto vetado, los efectos de esta sentencia son puramente declarativos, es decir, se limita a desestimar las violaciones constitucionales alegadas”.