La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la reorientación que hizo la Asamblea Legislativa de un préstamo de $50 millones para favorecer a las alcaldías. En su resolución, los magistrados argumentaron que no se debatió su contenido y efecto.
Esto, tras la controversia constitucional que se originó por el presidente de la República contra el decreto 800 que fue aprobado el 24 de diciembre de 2020 y que contiene la aprobación de un préstamo denominado “Financiamiento parcial de medidas económicas compensatorias implementadas por la emergencia del COVID-19”.
Este préstamo fue suscrito el 23 de julio de 2020 por el ministro de Hacienda y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por un monto de $50 millones como parte del decreto legislativo 608, que contenía la autorización que dio la Asamblea al Gobierno para adquirir $2,000 millones en deuda para combatir la pandemia de covid-19.
El mandatario solicitó que estos fondos pasaran a cubrir parte del Presupuesto 2021, pero la Asamblea destinó los fondos para proyectos de desarrollo municipal.
El Gobierno argumentó su veto en la medida que “se aprobó posteriormente a la introducción en la sesión plenaria mediante la modificación de agenda por lo que no se debatió”.
Y la Sala le dio la razón al Presidente. “Declárese inconstitucional, de un modo general y obligatorio, el decreto legislativo n° 800… La razón es que el referido decreto fue aprobado en la sesión plenaria ordinaria n° 143, realizada del 22 al 24 de diciembre de 2020, sin que se hubiese permitido a los diputados la posibilidad de liberar sobre su contenido y efecto”, reza la sentencia.