La Sala de lo Constitucional suspende decreto de emergencia por el que el Gobierno usurpó funciones de la Asamblea

La Sala hace un llamado para que la Asamblea Legislativa y el Órgano Ejecutivo a que colaboren para promulgar una "nueva" ley de emergencia.

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Por Mario González

2020-05-18 3:26:26

El decreto por el que el Gobierno de Bukele amplió el estado de emergencia, usurpando funciones de la Asamblea Legislativa, fue suspendido este lunes por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, al aceptar una de las demandas de inconstitucionalidad que han sido presentadas en contra dicho decreto.

“Decre?tase medida cautelar en el sentido de que se suspenden inmediata y provisional los efectos del Decreto Ejecutivo n° 18, publicado en el Diario Oficial n° 99, tomo n° 427, de 16 de mayo de 2020”, dice la resolución del máximo tribunal.

Por tanto, “mientras se tramite este proceso de inconstitucionalidad, las autoridades del O?rgano Ejecutivo no podra?n ejercer ninguna de las atribuciones que dicha normativa establece”, enfatiza la Sala.

Esto significa que “se suspenden los efectos de cualquier acto o norma que sea consecuencia del aludido Decreto Ejecutivo n° 18”.

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La Sala así responde a recursos que interpusieron varios ciudadanos contra la decisión del gobierno Bukele a prorrogar el Estado de Emergencia por 30 días por medio de un decreto ejecutivo cuando era potestad de la Asamblea Legislativa, que había dejado la discusión del tema para este lunes.

Por su parte, el diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, reaccionó a la admisión de la demanda y resolución de la Sala, y al respecto dijo que “era algo que ya se esperaba”.

La decisión del Ejecutivo generó reacciones de repudio entre diversos sectores de la sociedad civil porque significa la imposición de disposiciones de hecho de la presidencia que, por lo mismo, son nulas.

La misma Fiscalía General de la República declaró que se trataba de una usurpación de funciones de parte del gobierno Bukele y presentó un recurso ante la Sala para anularla.

El gobierno ha alegado que necesitaba urgentemente ampliar la vigencia el estado de emergencia para congelar plazos de pagos bancarios y de otros servicios de los ciudadanos, la suspensión de clases y otras medidas para el confinamiento domiciliar obligatorio, así como poder seguir disponiendo de fondos y haciendo compras directas para enfrentar la pandemia sin ser frenado por controles que manda la ley en situaciones normales.

Según diversos abogados, el decreto del Gobierno era “nulo”.

Por ejemplo, el ex magistrado de la Sala de lo Constitucional, Rodolfo González, manifestó que el Ejecutivo no puede ampararse en el artículo 24 de la Ley de Protección Civil para justificar un acto “absurdo”. En conferencia de prensa, el secretario jurídico de la Presidencia, Conan Castro, argumentó que los faculta el hecho de que la Asamblea no estaba “reunida en el momento” en que la vigencia de la emergencia caducó, que fue este 16 de mayo.

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“Lo que hicieron no tiene ningún sentido jurídico, hacen una interpretación bien absurda de que la Asamblea no está reunida, la Asamblea sí está reunida, la Constitución cuando dice reunida no es que los 7 días de la semana, las 24 horas del día los diputados estén funcionando, se refiere a que no esté en periodo en receso, hace 60 años estaba esa situación, que la Asamblea tenia periodo de funciones y luego entraba en receso, pero no es el caso, la Asamblea no hace recesos legislativos de ese tipo”, manifestó González.

La Sala hace un llamado para que la Asamblea Legislativa y el Órgano Ejecutivo a que colaboren para promulgar una “nueva” ley de emergencia.