Sala ordena que Fiscalía no acuse de evasión si no se ha concluido el debido proceso administrativo

No deben presentarse casos hasta haberse agotado el proceso de investigación administrativo.

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El ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, se ha dado a la tarea de presentar supuestos casos de evasión en la Fiscalía. Foto @HaciendaSV

Por Mirella Cáceres

2020-10-12 6:03:31

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó a la Fiscalía General de la República que se abstenga de presentar requerimientos fiscales referentes al delito de “evasión de impuestos por declaración de información falsa o inexacta” si no se han agotado las instancias y el debido proceso en la fase administrativa.

El máximo tribunal se pronunció así al admitir ayer una demanda de amparo presentada por la apoderada legal de la empresa Intratext S.A. de C.V., que denuncia que fue acusada de presunta evasión fiscal sin haber concluido el debido proceso.

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La Sala enfatiza que no deben presentarse casos “hasta haberse obtenido el resultado del proceso administrativo como lo determina el Código Penal”.

En su demanda, la representante legal de la empresa dice a la Sala que los referidos funcionarios no completaron “el debido proceso de tasación de impuestos para el cobro de los mismos, el cual debía finalizar con una resolución de fondo en el procedimiento de fiscalización del impuesto sobre la renta en el que se investigó el comportamiento tributario de la sociedad Intratext de El Salvador, S.A. de C.V. en el contexto del ejercicio impositivo 2017”.

Derivado de esa omisión, la empresa alega que se le han vulnerado los derechos a obtener una resolución de fondo, de seguridad jurídica, de propiedad y a recurrir, además del principio de legalidad penal.

Tras admitir la demanda, la Sala deberá analizar si el director y el subdirector de impuestos internos de Hacienda concluyeron o no “el debido proceso de las diligencias administrativas de cálculo de los impuestos respectivos antes de enviar el aviso a la Fiscalía General de la República sobre la presunta existencia de un ilícito”.

Los magistrados aclaran en su resolución que al admitir esta demanda no se está afectando “en forma alguna una obstaculización a la función de recaudación fiscal llevada a cabo por las autoridades demandadas, sino que el objeto de control de este proceso únicamente consiste en determinar si los citados funcionarios de la DGII, antes de presentar el aviso ante la FGR, cumplieron o no con el debido proceso legalmente establecido para hacer efectivo el cobro del impuesto sobre la renta de los ejercicios impositivos 2017, 2018 y 2019 en el caso concreto de la sociedad peticionaria”.

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Hacienda presentó un aviso a la Fiscalía por evadir $293 millones en impuestos, pero luego se aclaró que la cantidad era de $5.3 millones en el ejercicio fiscal 2017.

A mediados de agosto, el entonces representante legal de la empresa, José Miguel Daura Mijango, fue capturado y presentado con un despliegue mediático y utilizando agentes élite de la Policía, presidido por los ministros de Hacienda y de Seguridad, así como por el director de la PNC.

La semana pasada, la Cámara Tercero de lo Penal resolvió que la empresa sí cumplió con sus obligaciones tributarias y que lo que ocurrió fue que rindió información inexacta como el hecho de declarar sus ingresos como renta no gravada cuando lo correcto era gravada.