¿Por qué el PCN y PDC se cancelaron hace 7 años pese a tener diputados?

Fue en 2011 cuando el Tribunal Supremo Electoral puso punto final a la vida jurídica de dichos partidos políticos

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Foto/ Archivo EDH

Por Juan José Morales / Leidy Puente

2018-07-11 10:45:00

Tras la reciente resolución de Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que cumpla con el proceso de cancelación de los partidos Social Demócrata (PSD) y Cambio Democrático (CD), con el que Nayib Bukele ha anunciado que pretende ser candidato presidencial, hay que recordar que en 2011 este tribunal puso punto final a la vida jurídica del PCN y PDC , dos partidos políticos que en las elecciones presidenciales de 2004 no alcanzaron el 3% de los votos.

Cuando fue emitido dicho fallo ambos partidos tenían 10 y dos diputados, respectivamente. Estos fueron elegidos en los comicios de 2009 y finalizaron su período el 1 de mayo de 2012.

Esa sentencia de la Sala, emitida en abril de 2011, declaró inconstitucional el decreto legislativo 586 de enero de 2005, que sirvió para revivir a dos partidos que a la luz del Código Electoral se debieron haber extinguido el año anterior y por lo tanto se ordenó su cancelación.

Sin embargo, en octubre de 2015, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) declaró inaplicable una parte del artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos que ordena suprimir a aquellos que no alcanzan 50,000 votos en una elección legislativa.

La acción favoreció al CD, que obtuvo 36 mil 786 votos en las elecciones legislativas de ese año, según el escrutinio final del TSE, quien notificó a la Sala de lo Constitucional sobre la decisión de no aplicar la norma de votos mínimos y por la cual ésta se pronunció ayer, martes 10 de julio.

Incluso hace varias semanas el TSE firmó la cancelación de los partidos Fraternidad Patriota Salvadoreña (FPS), Partido Salvadoreño Progresista (PSP) y Partido Social Demócrata (PSD), por no lograr los votos necesarios en la pasada elección del 4 de marzo, aplicando el mismo artículo que permitió mantener con vida al CD.

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Además, hay que recordar que el decreto 586 dispuso que al PCN y el PDC les bastaría presentar una lista de 3 mil afiliados para mantener su condición de partidos legales con otro nombre. Esto incluso aplicó para Centro Democrático Unido (CDU), pero sus dirigentes se opusieron al decreto y decidieron crear una nueva organización con el nombre de CD, que es del que la Sala ha ordenado su cancelación.

A la vez, la Sala cuestiona que la decisión del TSE de 2015 contó sólo con los votos de tres magistrados cuando la ley le exige cuatro.

Quienes tomaron la decisión entonces fueron el presidente, Julio Olivo, Ulises Rivas (ahora separado del cargo) y Rubén Meléndez, suplente de Miguel Cardoza. El voto en contra fue de la magistrada, Ana Guadalupe Medina y otro razonado del magistrado Carlos Rovira.

“..El TSE debió aplicar dicha norma y, por tanto, tomar una decisión con base en ella. Al no hacerlo, debido a que la decisión no fue tomada con el quórum de votación necesario (mayoría calificada y no mayoría simple) se le ordena que emita las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos políticos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos…”, dice la resolución firmada, este martes, por los magistrados constitucionalistas Armando Pineda Navas (presidente de la CSJ y de la Sala), Florentín Meléndez, Rodolfo González, Sidney Blanco y Belarmino Jaime.

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El exalcalde ha venido soslayando que el anuncio de los magistrados de la Sala de revisar una demanda en contra de CD para anularlo como partido, por no haber alcanzado los 50,000 votos que exige la Ley de Partidos en 2015

Debido a que el CD ya había acordado con el exalcalde Bukele, en llevarlo como candidato presidencial para las elecciones de 2019 y buscaba hacer coalición con el partido en formación Nuevas Ideas, luego que el partido FMLN lo expulsó el año pasado, los magistrados de la Sala de lo Constitucional han reiterado que el estudio de esa demanda lo tenían en proceso desde abril o mayo de este año y que nada tiene que ver con las pretensiones y aspiraciones políticas del exalcalde capitalino.