Abogadas advierten ilegalidad al restringir salida de alcaldes

Ministro de Seguridad ordenó perseguir a funcionarios salientes que viajen al exterior. Profesionales del Derecho coinciden que funcionario no tiene facultad legal para hacerlo.

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Ministro de Seguridad, Gustavo Villatoro sustituyo a Rogelio Rivas. Foto EDH Cortesía Ministerio Seguridad

Por David Marroquín

2021-04-30 12:16:18

“Tenemos a todos los alcaldes en el sistema y cuando ellos salgan nosotros vamos a saber para dónde se están moviendo”, dijo Gustavo Villatoro, ministro de Seguridad al revelar la persecución que harán sobre alcaldes y diputados salientes que viajen al exterior en estos días por la transición de puestos públicos.

Esa decisión tomada por el ministro Villatoro fue cuestionada por tres abogadas penalistas por considerar que el referido funcionario no tiene facultades legales para restringir la salida de salvadoreños.

“No existe una facultad legítima que asista al ministro Villatoro para realizar esta situación, para fiscalizar de esta manera la libertad ambulatoria de personas”, dijo Marcela Galeas, quien es abogada penalista.

Villatoro aseguró ayer viernes que ha girado instrucciones a la Dirección de Migración para que emitan “alertas tempranas” sobre la salida de diputados y de alcaldes que ayer cumplieron con su período de gestión y que quieran viajar hacia el exterior.

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“Estamos controlando todas estas salidas, estamos controlando los destinos, tenemos oficiales de Policía de enlace en los países vecinos, tenemos adicionalmente Interpol y vamos a utilizar todos los mecanismos que tengamos”, dijo Villatoro.

Reveló que le dan seguimiento a un alcalde de Oriente que recién salió del país, pero que hasta el mismo Villatoro reconoció que no existe ninguna investigación fiscal ni mucho menos una orden de captura judicial en su contra.

Aseguró que tienen el número de vuelo y la ciudad adonde viajó.

“Aquí el tema es que sabemos que las investigaciones llevan su tiempo, nosotros no queremos esperar que haya una orden de captura para que tener desde ya toda la trazabilidad cuando esta persona sale del país”, dijo Villatoro.

La abogada y excandidata a diputada, Bertha María Deleón calificó de ridícula la medida tomada por Villatoro. “Que ridículo el ministro, menos mal es abogado y ex jefe fiscal. No hay duda que para ser funcionario de este gobierno hay que renunciar a la sensatez y prestarse al show”, escribió Deleón en su cuenta de Twitter.

También la abogada penalista Lucrecia Landaverde consideró que el ministro de Seguridad no tiene facultades legales para poner restricciones o controles a los salvadoreños que salgan del país.

“La salida del país de cualquier ciudadano sólo puede ser limitada cuando haya un proceso judicial abierto y con medidas impuestas por un juzgador. Las declaraciones del ministro respecto de la persecución de los diputados salientes es totalmente arbitraria e ilegal”, escribió Landaverde en su cuenta de Twitter.

El artículo 5 de la Constitución establece que “toda persona tiene libertad de entrar, de permanecer en el territorio de la República y salir de éste, salvo las limitaciones que la ley establezca”.

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Agrega que “nadie puede ser obligado a cambiar de domicilio o residencia, sino por mandato de autoridad judicial, en los casos especiales y mediante los requisitos que la ley señale”.

Tampoco “no se podrá expatriar a ningún salvadoreño, ni prohibírsele la entrada en el territorio de la República, ni negársele pasaporte para su regreso u otros documentos de identificación. Tampoco podrá prohibírsele la salida del territorio sino por resolución o sentencia de autoridad competente dictada con arreglo a las leyes”, señala el referido artículo.

Villatoro reconoció que “no necesariamente quiere decir que tengamos una investigación”, pero reveló que esos funcionarios serán vigilados para “cuando se tenga una investigación, para poder saber claramente en qué ciudad o en que país se encuentra para hacer todas las coordinaciones y que esas coordinaciones sean efectivas para lograr el retorno de estas personas al país”.

Ante tal situación, la abogada Galeas consideró que la decisión de Villatoro es “una manera de abusar del poder que tiene ahorita este funcionario, no es legítimo ni es legal y por lo tanto no es permisible para el ordenamiento jurídico”.

Agregó que “las únicas formas en las que se puede limitar la libre circulación es mediante una orden de captura y esta puede ser emitida por un juez, por la Fiscalía cuando se trata de una orden administrativa y si está en una situación de flagrancia por parte de la Policía, pero no estamos en ninguna de estas circunstancias”.

Recordó que la Constitución de la República y las leyes penales del país establecen que la única forma en que se puede restringir la libertad individual y la libre circulación de la persona es a través de los casos dictaminados por la ley penal.

“En caso de que la persona sea requerida por un delito, de que el juez determine la medida cautelar de la detención por el término de inquirir. Por orden administrativa de la Fiscalía. Por flagrancia que sería a ejecutar por la Policía, obviamente por una condena de un delito”, reiteró Galeas.

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Aseguró que en el caso del alcalde de Oriente “no existe ninguno de estos presupuestos y ante esto el artículo seis del Código Procesal Penal es clarísimo y dice que en materia penal no podrá restringirse la libertad personal, sino en los casos y en los requisitos establecidos tanto por el Código Procesal Penal como por el Código Penal”.